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Varios ceutíes se enfrentan a la Justicia por delito electoral

La Junta Electoral de Zona procede de oficio en estos casos que la ley sanciona hasta con prisión

por A. Ramos Caravaca
19/11/2019
Varios ceutíes se enfrentan a la Justicia por delito electoral

La Junta Electoral de Zona es la encargada de notificar estos casos.


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Una semana después de la jornada electoral, la Junta Electoral de Zona continúa a pleno rendimiento y está procesando todos los delitos electorales que pudieron cometerse durante el domingo del 10 de noviembre. Según ha podido consultar El Faro de Ceuta, durante la jornada electoral no se denunciaron ni detectaron incidentes de gravedad que pudieran. No obstante, sí se cometieron delitos que atentan contra la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, principalmente los relativos a su artículo 143 sobre ‘Delitos por abandono o incumplimiento en las Mesas electorales’, donde se recoge el hecho de no presentarse como funcionario de la mesa electoral pese a haber recibido su nombramiento.

Desde la JEZ explican que se trata de un delito que se persigue de oficio y tal y como se extrae de la ley electoral, “el presidente y los vocales de las mesas electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses”.




Las misma junta reconoce que, aunque se está precisando la cifra exacta -esta semana tienen previsto reunirse- pero se dio el caso concreto de tres ciudadanos en Ceuta que no cumplieron con su deber electoral y no se presentaron a la conformación de la mesa electoral en la que habían sido nombrados con algún cargo, ya sea como titular o suplente, incurriendo así en este delito.

Ya han comenzado el procedimiento que inicia con la notificación, en la que el señalado puede justificar esta ausencia, aunque toda causa que le eximiera para presentarse el día de la jornada electoral tenía que haberse presentado de manera previa. Aún así, se puede presentar el caso de un incidente fortuito y que por este motivo no justificar su falta.





Lamentablemente no es la primera vez que se sanciona a alguien por esta situación. En enero de este año una ciudadana fue condenada a pagar una multa de 520 euros por no comparecer en la mesa electoral que le fue designada en las elecciones generales del 26 de junio de 2016.

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