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Ceuta Ya! pide quitar “trabas” para cobrar ayudas al alquiler

Ceuta Ya! ha presentado una serie de enmiendas para cambiar el nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo propuesto por la Consejería de Asuntos Sociales. Mohamed Mustafa cree que la norma “debe servir para facilitar y no dificultar el acceso a un derecho básico como es el de la vivienda, recogido en la Constitución”. Por ello aboga por suprimir varios de los requisitos que quiere incluir Dunia Mohamed para poder ser beneficiario, como no haber dejado un trabajo en el año previo, no tener un coche caro (valorado en más de 10.000 euros) o llevar empadronado en la ciudad al menos 3 años. Los localistas pretenden que “todo aquel que cumpla con los requisitos reciba la prestación, es decir, que ésta no se encuentre vinculada a la modificación presupuestaria” y “eliminar la exigencia de la cédula de habitabilidad de la Ciudad”, ya que “debería ser suficiente con que la vivienda reúna las condiciones mínimas para ser habitable, algo  que ya vienen recogido por Ley”. En la misma línea, Mustafa considera que debería eliminarse la exigencia de estar empadronado durante al menos tres años en Ceuta: "Debería ser suficiente con cumplir el requisito del empadronamiento, sin ningún mínimo temporal”. En defensa “del derecho de los trabajadores a exigir condiciones dignas de trabajo”, Ceuta Ya! cree “fundamental” que abandonar voluntariamente un empleo “deje de ser, como lo es actualmente, motivo de penalización”. En lo relativo a la cuestión económica, Ceuta Ya!  proponen elevar la cuantía máxima del alquiler subvencionable de 750 a 800 euros y, por otro, subir el límite de la prestación a 640 euros en lugar de los 500 euros actuales. Los localistas entienden que es “fundamental” actualizar “al alza” tanto las cuantías máximas de alquiler como el límite máximo de la prestación para dar así respuesta al encarecimiento del mercado del alquiler y del coste de la vida producido por la inflación. Por último, Ceuta Ya! también considera necesario eliminar el límite de las sesenta mensualidades (cinco años) y que “la prestación debe permanecer mientras las circunstancias por las que ha sido otorgada también permanezcan". El Gobierno solo contempla pagar ayudas más de un lustro seguido de forma “excepcional” y exclusivamente a tres colectivos: las unidades de convivencia “formada únicamente por personas mayores de 65 años”; las que tengan un miembro con enfermedad grave progresiva, de carácter irrecuperable o con deterioro absoluto; y aquellas “en las que el miembro principal que obtenga ingresos se le diagnostique una incapacidad grave, mayor de 65% que le imposibilite el acceso al mercado laboral, sin que exista la posibilidad de que otro miembro obtenga ingresos”.

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