El Área de Trabajo de la Delegación del Gobierno, que ostenta la categoría de autoridad laboral en Ceuta, ha recibido hasta primera hora de la mañana de este miércoles un total de 31 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Según han indicado fuentes de la institución de la Plaza de los Reyes, 19 ya están “registrados”, lo que implica que ha comenzado su tramitación.
Algunas empresas de implantación nacional que también están radicadas en Ceuta (como Cortefiel, por ejemplo) han presentado idénticas solicitudes en Madrid, como corresponde para aquellas sociedades con más de un centro de trabajo en todo el país. Los sindicatos cifran con cautela en un total de “cientos” los trabajadores que perderán temporalmente sus empleos en la ciudad autónoma.
El Real Decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus, que entra en vigor este miércoles, establece que la exoneración de cotizaciones a las empresas que acometan ERTEs por fuerza mayor será del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos.
El secretario de Organización de CCOO en Ceuta, José Antonio Saiz, ha explicado que los formularios establecerán, de acuerdo con las medidas adoptadas por el Gobierno central este martes, dos canales de gestión apelando a la vía exprés de la “fuerza mayor”: uno para las empresas afectadas directamente por el Estado de Alarma y otro para los de servicios auxiliares que también sufran pérdidas económicas debido a las restricciones de apertura y movilidad impuestas.
Las empresas deberán recoger en la documentación que presenten ante la autoridad laboral los datos (nombre, DNI y cuenta corriente) de los trabajadores afectados, por los que estos no tendrán, en principio, que hacer ninguna gestión para percibir la prestación por desempleo, ya que la Administración se encargará de trasladar su información al SEPE.
La tramitación de un ERTE se demoraba hasta ahora en la ciudad hasta una media de dos meses, pero se ha impuesto que por la crisis del Covid-19 no tarde más de una semana. Entre otras medidas de flexibilización, los informes hasta ahora preceptivos de la Inspección de Trabajo han pasado a ser potestativos.
También se ha acordado que no se exigirá haber cotizado un año de los últimos seis para cobrar el paro y que el tiempo que se perciba en la situación excepcional actual no restará del cómputo de tiempo acumulado para ser beneficiario de la prestación, que alcanza hasta un 70% de la base correspondiente.
En el caso de los autónomos se ha flexibilizado el acceso al cese de actividad, que será compatible con la exoneración de pagos a la Seguridad Social. Este colectivo tendrá facilidades para que pueda cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica.
Guía para presentar un ERTE
Un ERTE es un expediente de regulación de empleo temporal. Es una autorización que recibe la empresa para poder suspender temporalmente un contrato de trabajo. El trabajador sigue perteneciendo a la empresa, aunque se halla en una situación especial.
Requisitos:
- Solicitud del empresario
- Memoria o informe justificativo de la causa alegada. En aquellos casos en los que los centros de trabajo pertenezcan a un sector incluido en el anexo del RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis humanitaria ocasionada por el COVID-19, bastará con la presentación de cualquier documento que acredite dicha circunstancia.
- Copia de la comunicación a la representación de las personas trabajadoras o, en caso de no existir, a las personas trabajadoras.
- Relación nominal de todos los trabajadores/as afectadas en las que figure el número del DNI y el número de afiliación a la Seguridad Social de cada trabajador.
Hasta la fecha se han presentado 38 solicitudes que afectan a 196 trabajadores.