Mientras el sindicato considera que la resolución se tiene que anular, la secretaria de Gobierno dice que actuó según la Ley
Con fecha de 28 de febrero del presente año, el secretario general de la Administración de Justicia, Joaquín Silguero Estagnan, el número 3 del ministro Gallardón, firmó el cese de la secretaria sustituta de la UPAD del Juzgado Mixto número 3 de nuestra ciudad, una decisión que ha ocasionado una feroz crítica del sindicato Comisiones Obreras en el sector Justicia y, a su vez, la respuesta, en El Faro, de la secretaria de Gobierno en el ramo, Josefa Vilar.
La causa oficial del cese es la incompatibilidad de los deseos de la funcionaria (residir en Algeciras mientras desarrolla la labor encomendada en el citado Juzgado Mixto) con lo que marca la Ley y el consiguiente plus de residencia a percibir por el funcionariado ceutí, tal y como señala el documento de cese firmado por Silguero: “De acuerdo con la propuesta de la secretaria de Gobierno de Ceuta sobre el cese de la secretaria sustituta (nombre y apellidos), que presta servicio en la UPAD del Juzgado Mixto número 3 de Ceuta, motivado por no poder atender diligentemente los deberes del cargo debido a que su domicilio lo tiene fijado en la ciudad de Algeciras, y previa audiencia a la interesada, esta Secretaría General de acuerdo con el artículo 138.1g) del RD 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, resuelve acordar el cese de la citada sustituta”.
Según entiende CCOO en el sector Justicia la citada resolución es “injusta” y obedece a una forma “torticera, arbitraria y sin fundamentación alguna”. “Además este cese”, sigue el sindicato, “se realizó por comparecencia ante personal laboral destinado en la Secretaría de Gobierno de esta ciudad, por ausencia de la secretaria de Gobierno y ello significa: el (nulo) respeto que se debe al cesante (y la falta de respeto a los subordinados es materia disciplinaria); a que el acto en cuestión adoleció de una irregularidad (más); y a la ausencia total de motivación del cese (injusto)”.
En este sentido, CCOO en Justicia añade explicando que “resulta inconcebible que el cese anticipado de un funcionario, se produzca sin la menor motivación al respecto, como ha sucedido. Para imponer una medida tan drástica, injusta, torticera, arbitraria como ha sido el cese, nosotros consideramos que esta ausencia total de motivación del acto administrativo lo vicia de raíz, generando una manifiesta inseguridad jurídica a la hora de ejercer los derechos legitimos de oposición de esta funcionaria y por tanto de satisfacer los intereses que merecen la tutela del Derecho”.
Por su parte, Vilar señala que el cese de la funcionaria “se le comunicó de manera personal. Otra cosa es es el formulario administrativo de firma, el procedimiento que se ha seguido es el que establece la Ley y el Reglamento. Está en su derecho de recurrir el cese pero mi propuesta de cese está amparada por la Ley”, estima la secretaria de Gobierno quien asimismo recuerda que “primero la cité para comunicarle que debía residir, en dos ocasiones para que fijara su residencia, le expliqué el asunto, haciéndole saber que era una resolución motivada porque en una autorización para residir fuera de Ceuta a otro secretario se le denegó y por tanto, le hice comprender que ante supuestos iguales el trato debe ser el mismo, en este caso agravado porque además sirve en un órgano mixto”.
Respecto a si, como dice CCOO, el cese se realizó por comparecencia ante personal laboral destinado en la Secretaría de Gobierno de esta ciudad, por ausencia de la secretaria de Gobierno, Vilar deja claro que “ésa no fue ninguna comparecencia, que como he dicha se trata de un mero formulismo administrativo, además ese mismo día se firmó una sustitución de fecha anterior sin que por la señora en cuestión se pusiera ningún problema. Que se ha seguido el procedimiento debido, en definitiva”.
Además, la secretaria de Gobierno asegura que “había otra denuncia de un funcionario titular que formaba parte de la Bolsa, que también ha llegado al Ministerio de Justicia, en la que se decía que podía incurrirse en una prevaricación administrativa mantener a alguien que reside fuera de Ceuta, ¿y esto no lo dice Comisiones Obreras?”, se pregunta.
Asimismo, Vilar entiende que “un secretario que está destinado en un Juzgado Mixto debe de residir en Ceuta, máxime ante los acontecimientos que continua y reiteradamente se vienen sucediendo en la ciudad, de modo que en muchas ocasiones he tenido que hacer llamamientos de todos los secretarios de los juzgados mixtos para atender diligencias en las que es necesaria la presencia del secretario judicial”.
Por último, Vilar señala que “existiendo un precedente, no puedo hacer excepciones siendo las mismas causas, de modo que mi propuesta y resolución fue en la misma línea: no autorizarlo. Sin perjuicio de incumplir con la legalidad al beneficiarse de un plus de residencia sin residir”, concluye.
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