El director general de Recursos Humanos y de la Administración del Gobierno de Ceuta, Emilio Carreira, ha instado por escrito a los sindicatos a ser formales en los procesos selectivos y a “respetar el secreto y la confidencialidad” de la información a la que accedan como integrantes de Tribunales, donde en la Ciudad se garantiza a las centrales tres asientos.
Así lo ha hecho después de que la Sección Sindical de UGT en la Ciudad difundiese el pasado domingo en redes sociales “por adelantado”, según remarcó, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria de 15 plazas de Auxiliar Administrativo. Según la central, “durante esta semana” se publicará en el BOCCE.
Carreira ha advertido que “la publicación se realiza en los Boletines Oficiales y en el portal web/tablón de anuncios que se deberá emitir por la Administración, a quien le corresponde ese cumplimiento”.
El alto cargo ha subrayado que “la protección de datos se extiende a todo el proceso selectivo, desde las bases y convocatorias hasta todo el conjunto de trámites posteriores (lista de personas admitidas y excluidas, designación de Tribunal, resultado de los ejercicios, calificación final, etcétera”.
“El tratamiento de datos personales se realiza desde la recogida de datos con la solicitud de las personas participantes, el cotejo de los datos presentados, la publicación de los listados y resoluciones y el acceso a los datos personales o la conservación”, ha remachado.
La presencia de 'representantes' de los sindicatos en los Tribunales es una singularidad de la Ciudad, en cuyo Acuerdo Regulador y Convenio Colectivo se establece que “la Junta de Personal a propuesta de cada una de las centrales sindicales con representación” tiene derecho a designar a tres de los al menos siete miembros de las Comisiones de Selección de cualquier proceso (turno libre, promoción, concursos de traslados...).
Este reparto ha dado pie en ocasiones recelos y suspicacias por parte de candidatos, pero también de observadores ajenos escamados por esa norma de distribución de asientos.
El Estatuto Básico del Empleo Público prescribe que “la pertenencia a los Tribunales u Órganos de Selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie”. También establece que tienen que ser paritarios y que “no podrán formar parte de los de personal funcionario el personal de elección o designación política, los altos cargos, los funcionarios interinos, el personal eventual, ni el personal laboral”.
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