Noticias

20 años de cárcel por matar a su padrastro e intentarlo con su tía

La Audiencia dicta sentencia después de que un Tribunal de Jurado declarara culpable a Hamza E. por unos hechos de 2019

20 años de cárcel. Esa es la pena que ha impuesto la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta al autor de la muerte de su padrastro, en la barriada del Príncipe en septiembre de 2019. Hamza E. ya fue considerado culpable por un Tribunal de Jurado, pero es ahora el máximo órgano judicial en nuestra ciudad el que especifica la pena concreta por un homicidio consumado (12 años y medio), otro en grado de tentativa sobre su tía (siete años y medio) y una tenencia ilícita de armas (un año). En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se recoge la prohibición de residir en la ciudad y de aproximarse a menos de 100 metros de familiares directos durante un periodo de 30 años. Asimismo se añade a la condena tres penas de un mes de multa con una cuota diaria de 10 euros por delitos leves de lesiones y el abono de 365.000 euros en concepto de responsabilidad civil en beneficio de familiares directos.

El propio condenado reconoció ante el Jurado el crimen cometido así como el pretendido sobre su tía, todo ello después de un incidente familiar ya que se le había descubierto un arma escondida en el hogar. Los integrantes del tribunal no profesional tuvieron en cuenta el reconocimiento hecho por el propio acusado, algo que fue confirmado por el informe forense y la declaración de su tía. Se estimó probado el ánimo o intención de matar tanto por esa confesión como por la evidencia de una más que probable muerte si se produce un ataque con arma de fuego. En este asunto concurre además una agravante genérica de abuso de superioridad.

En el caso de marras tanto Acusación Particular como Ministerio Fiscal coincidieron en que se debía aplicar la condena global de 20 años de prisión. Algo que ha terminado plasmándose en sentencia, imponiéndose las penas en su mitad superior. En el el homicidio en grado de tentativa cometido sobre su tía, al considerarla acabada por haber realizado el acusado todos los actos necesarios para conseguir el resultado aunque no lo lograra (dirigió el arma contra su tía y apretó el gatillo en varias ocasiones), solo ha procedido rebajar un grado y no dos la pena correspondiente al tipo consumado.

Deja claro la Audiencia Provincial que no se dan los mínimos requisitos, dada la extensión de la pena, para conceder al acusado los beneficios de la remisión condicional.

Entradas recientes

¿Un 4% más de pensión por cada año extra trabajado? La Seguridad Social lo aclara

El sistema de Seguridad Social en España refuerza sus incentivos para quienes optan por seguir…

27/05/2026

Caos y largas esperas en Tarifa para las temporeras que regresan a Marruecos

Cada año, al finalizar la campaña de la fresa de Huelva, numerosas trabajadoras temporeras de…

27/05/2026

Así ensayan los Regulares de Ceuta en Vigo para el desfile del Día de las Fuerzas Armadas

Los Regulares de Ceuta ya se encuentran en Vigo ultimando los preparativos para su participación…

27/05/2026

Cáritas organiza una conferencia sobre caridad a cargo del padre Silvio Bueno

Cáritas Diocesana de Ceuta celebrará el próximo 1 de junio, a las 18:00 horas, en…

27/05/2026

Cinco de cinco en medallas para el Club Sepai en Andorra

Ceuta ha vuelto a estar bien representada en los tatamis de fuera de la ciudad…

27/05/2026

Iniciado el proceso de licitación de 102 viviendas en Pozo Rayo

El Gobierno de Ceuta ha iniciado el proceso de licitación para la redacción del proyecto…

27/05/2026