El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un marroquí llamado I.A. a 8 años de prisión por ser considerado criminalmente responsable de cuatro delitos graves de lesiones. Esas penas se ejecutarán hasta la mitad, procediéndose después a su expulsión a Marruecos con orden de prohibición en España durante 10 años.
I.A. es condenado también por dos delitos leves a un mes de multa con una cuota diaria de 5 euros por cada uno de los delitos, es decir, el pago de 300 euros, tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta.
Todo ello por unos hechos que se produjeron en las naves del Tarajal en agosto de 2020, cuando eran empleadas para el confinamiento y albergue de personas debido al cierre de la frontera. Haciendo uso de un palo de madera y un cuchillo de 20 centímetros así como el cuello de una botella de cristal, empezó a dar golpes y a causar lesiones a seis de los acogidos.
Esa cadena de ataques cesó con la intervención de la Policía que fue requerida a personarse en las naves.
En el juicio oral el acusado negó ser el responsable de estas lesiones y, mostrando unas cicatrices, dijo que únicamente se defendió usando un trozo de madera mientras que los demás eran los que portaban objetos de cristal para causar lesiones.
Se le condena por cuatro delitos de lesiones graves y dos leves
Frente a su versión se contó con declaraciones de trabajadores de Cruz Roja y policías por lo que “queda probado más allá de toda duda razonable, que los perjudicados sufrieron las lesiones descritas en los informes forenses y que hubo dos algaradas, así como que en la segunda de ellas el acusado portaba un palo con el que golpeó a los demás”, considera el magistrado en sentencia.
Las heridas de los distintos acogidos fueron causadas por el ahora condenado, siendo compatibles además con el tipo de objeto que se apreció en la contienda, unos elementos peligrosos para la vida o la salud física, como fueron una botella rota y un palo o hierro.
En la autoría de las lesiones, se considera probado el empleo de una “fuerza racionalmente desmedida en su defensa” por lo que no se puede razonar que con su actuación se estuviera defendiendo.
Aunque el Ministerio Fiscal también pedía cárcel por un delito de resistencia que no ha quedado probado más allá de que su comportamiento ante la Policía fuera fruto de la exaltación que estaba viviendo.