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Capitanía advierte de sanciones a las empresas que medien con petróleo ruso

La Capitanía Marítima de Ceuta ha advertido por escrito a las al menos dos empresas radicadas en la ciudad que prestan servicios a buques como las defensas yokohama, aunque no sean de su propiedad, que se exponen a fuertes sanciones si no se aseguran de que los barcos a los que atienden para facilitar la realización de operaciones en el mar no están vulnerando las prohibiciones establecidas por la Unión Europea en relación con mercancías como hidrocarburos procedentes de Rusia.

Las yokohama son guardabarros neumáticos flotantes que se utilizan tanto para el atraque de barcos como para hacer operaciones entre buques en el mar, las denominadas STS por sus siglas en inglés (STS), una práctica habitual que no se permite en aguas jurisdiccionales españolas (a menos de 12 millas de la costa) pero que sí se efectúa en aguas internacionales.

El pasado viernes, por ejemplo, Capitanía Marítima dio su visto bueno sin ningún reparo a una de esas operaciones con mercancías procedentes de Estados Unidos, pero existe inquietud por otro tipo de movimientos.

Según la compañía de inteligencia energética Vortexa, el este del estrecho de Gibraltar se ha convertido en una pieza clave para Rusia a la hora de intentar salvar las sanciones occidentales por su invasión de Ucrania y desde diciembre al menos 15 buques habrían llegado al Mediterráneo para trasvasar crudo a barcos más grandes camino de India o China.

Las embarcaciones de la Armada y el Servicio Marítimo de la Guardia Civil con sede en Ceuta ya están especialmente atentas, pero el cerco se va a seguir estrechando.

En junio de 2022, el Consejo de Europa adoptó un sexto paquete de sanciones que, entre otras cosas, prohibió la compra, importación o transferencia de petróleo crudo por vía marítima y determinados productos petrolíferos de Rusia a la UE.

Las restricciones se aplican a partir del 5 de diciembre de 2022 para el petróleo crudo y a partir del domingo pasado también para otros productos refinados.

Así, está prohibido “comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, petróleo crudo, o productos petrolíferos si son originarios o se exportan desde Rusia”, pero también “facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera o cualesquiera otros servicios” que sirvan para eludir el primer veto.

La prestación de las defensas yokohama podría encuadrar a las al menos dos empresas ceutíes que se dedican a ese negocio, aunque no sean de su propiedad, como “facilitadoras” de operaciones proscritas por la UE, por lo que se ha instado a sus responsables a ser especialmente cuidadosos en la recogida y traslado a las autoridades competentes de la información relativa al origen y carga que puedan ayudar siquiera indirectamente a trasvasar, ya que las sanciones pueden ser hasta de naturaleza penal.

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