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Cambios para las familias numerosas, monoparentales y nuevos derechos con la ley de familias

En Ceuta hay más de 2.000 familias numerosas. El Gobierno de España ha dado luz verde este martes al proyecto de ley de familias que busca reforzar la protección social de todos los modelos familiares, reconocer nuevos derechos para las familias monoparentales, que se considerarán numerosas con dos hijos, además de contemplar medidas de ayuda a la conciliación. El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha dicho que se trata de un "hito" en la política social de España, una ley que busca garantizar la protección económica y social a las familias, profundizar su derecho a la conciliación y avanzar en el reconocimiento jurídico y la protección de los derechos de las familias. Bustinduy ha llevado al Consejo de Ministros el mismo texto que impulsó Ione Belarra en la pasada legislatura -a la que ha agradecido el impulso de este proyecto- y que decayó por la convocatoria de elecciones. El objetivo es que la ley no tenga que pasar de nuevo por los órganos consultivos y sea aprobada cuanto antes.

Las 20 semanas de permiso por nacimiento y la retribución del nuevo permiso de 8 semanas hasta que el hijo cumpla 8 años

De esta forma, vuelven a quedar fuera de la ley la prestación universal por crianza, la ampliación a 20 semanas de los permisos por nacimiento y adopción y la retribución del nuevo permiso para madres y padres de 8 semanas hasta que su hijo cumpla 8 años, medidas que el ministro ha recordado que están en el acuerdo de gobierno con el PSOE y que espera negociar en el marco de los presupuestos. La norma -que irá ahora al Congreso y será tramitada por el procedimiento de urgencia- asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce la diversidad de modelos familiares, como las adoptivas, reconstituidas, LGTBI, con algún miembro con discapacidad, múltiples o acogedoras. Los permisos de conciliación que incluía la norma diseñada por Belarra para cumplir con la normativa europea entraron ya en vigor a través de un real decreto aprobado el pasado junio. La ley formaliza la equiparación en derechos entre las parejas de hecho y los matrimonios a través de la creación de un registro estatal con el que se garantizará la protección jurídica y la equiparación en materia de pensiones, prestaciones de derechos laborales o de permisos a las 1,8 millones de parejas de hecho que hay en España.

El Gobierno, dispuesto a recuperar la denominación de familia numerosa

EFE
Las familias numerosas -unas 800.000 en la actualidad- pasan a denominarse "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza", algo que rechazan las organizaciones que representan al colectivo. Sin embargo, fuentes de Derechos Sociales aseguran estar abiertos a recuperar la denominación original durante el trámite parlamentario si eso ayuda a que la ley cuente con el mayor consenso en el Congreso. Con esta norma, la categoría especial de familias numerosas pasará de 5 a 4 hijos (a 3 hijos en el caso de parto múltiple o de familias de rentas bajas establecidas en un umbral del 150 % del Iprem). También pasarán a ser familias numerosas aquellas con dos hijos en las que haya un progenitor con un 33 % de discapacidad, en lugar del 65 % que existía en la actualidad, y se recogerán los supuestos de unidades familiares en las que convivan hijos de uniones anteriores, que también podrán optar a este título. El texto aprobado asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce la diversidad de modelos familiares, como familias adoptivas, reconstituidas, LGTBI, con algún miembro con discapacidad, múltiples o acogedoras. Con la nueva norma ascenderán a más de un millón las conocidas hasta ahora como "familias numerosas", ya que incorpora a unos 300.000 hogares de un solo progenitor con dos hijos. También otorga ese título a los hogares encabezados por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y aquellos con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión. En el caso de separación o divorcio, y siempre que haya custodia compartida, ambos progenitores podrán disfrutar del título de familia numerosa de forma simultánea.

Reconocimiento jurídico de los distintos modelos de familias

EFE
Bustinduy ha destacado que el objetivo de esta ley es reconocer jurídicamente y tratar de equiparar las distintas realidades familiares que existen, mejorar su protección social y luchar contra las altas tasas de pobreza infantil. En este sentido, ha señalado que España gasta un punto porcentual de PIB menos que la media de la Unión Europa en protección a la familia y a la infancia, alrededor de 13.000 millones de euros anuales menos. La ley, que tiene un impacto presupuestario de 1.200 millones de euros, pretende corregir los "desiguales" niveles de protección que existen entre las distintas realidades familiares.

Nuevo título de familia monoparental

La ley reconoce por primera vez la existencia y las necesidades específicas de las familias monoparentales, más de 2 millones de hogares y, en el 81 % de los casos, encabezados por una mujer. Así, crea un título de familia monoparental y le garantiza el acceso gratuito a una guardería pública durante 16 semanas dentro de los dos primeros años de vida del niño. Se consideran familias monoparentales las que están compuestas por un único progenitor y su hijo o hijos, pero también aquellas en las que la guarda y custodia sea exclusiva de uno de los progenitores o en el casos de violencia de género. El título de familia monoparental será expedido por la comunidad autónoma de residencia, pero tendrá validez en todo el territorio nacional y será compatible con el título de familia numerosa, aunque los beneficios no se podrán acumular. La ley establece una serie de garantías para que no se produzcan discriminaciones en el acceso de estas familias a una vivienda protegida, becas, ayudas educativas, transporte público, etc. La norma mejora el fondo de garantía de alimentos, que garantiza la pensión alimenticia en el caso de que un progenitor no la pague. Se pasa de los actuales 100 euros por un máximo de 18 meses a un máximo de 500 euros que se podrán prorrogar indefinidamente mientras perdure el impago.

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