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Caballas critica la nueva restricción del reglamento de alojamiento alternativo

Cree que serán muchas las familias ceutíes que no puedan acceder a un techo por el endurecimiento de las condiciones La diputada del principal grupo de la oposición, Fatima Hamed, ha sido dura a la hora de analizar el nuevo reglamento de alojamiento alternativo cuya disconformidad mostró en el último encuentro plenario ya que asegura que “ que la premisa que se ha dado a la hora de realizar este reglamento ha sido la de restringir, limitar y endurecer (calificativo este último utilizado por la propia consejera) todo lo posible el acceso a las posibles ayudas a las que se pueda tener derecho por este concepto”. Va más allá: apunta que esto supondrá un “destrozo grande y un perjuicio elevado para las familias ceutíes que podrían acceder a este programa para tener un techo.”
Entre los puntos más injustos, la diputada acude al artículo 7 referente a los requisitos y en el que se solicita acreditar una fuente regular de ingresos. “¿Y quienes no la tengan? Especialmente sabiendo que hay más de 12.000 personas en paro que buscan y  no encuentran y que son miles las personas que carecen de recursos con los que salir adelante”. Habrá alegación referente a este punto en concreto para intentar flexibilizar este requisito y tener en cuenta las circunstancias de cada una de las familias.
Por otra parte el reglamento dice que no se subvencionará en ningún caso el mes de fianza ni lo gastos de inmobiliaria, algo con lo que tampoco está de acuerdo el grupo. “ Lo segundo se puede entender, pero lo primero no”, dice Hamed recordando que son muchos los que lamentan que tras encontrar la casa les dicen que tienen que pagar el primer mes y la fianza para hacer el contrato, y no entran en el programa hasta que se presenta el contrato. “Es una pescadilla que se muerde la cola....además, la fianza la custodia Emvicesa con lo que Servicios Sociales siempre pude recuperarla al finalizar el contrato”.
Otro de los puntos que mayor disconformidad ha supuesto es el que se refiere a los alojamientos temporales de urgencia, en los que se establece un plazo improrrogable de tres meses . Caballas se pregunta qué será de una familia que, por ejemplo, como consecuencia de unas lluvias se declara su casa de alquiler en ruina, y agota ese plazo de tres meses en el Alojamiento Temporal de Urgencia y se encuentre con que no tiene a donde ir  y no cumple los restrictivos  requisitos de acceso al Programa de Alojamiento Alternativo que quieren aprobar. “Sobre todo teniendo en cuenta que hay familias en el programa desde el año 2000”, recuerda.
La diputada hace especial mención a la nueva condición de que quedarán excluídos de esta ayuda los que en los 12 meses anteriores hayan causado baja voluntaria en su trabajo. “La duda que le planteamos en Pleno a la consejera es que si soy una mujer que sufre acoso sexual en su trabajo y me voy porque no puedo más... no me cubren el alquiler”. Lo lógico sería estudiar cada caso y que se establezcan una serie de premisas porque no todas las renuncias son lo que parecen a juicio de Caballas.
Por último Hamed ha propuesto añadir más coeficientes multiplicadores correctores. Además de discapacidad, familia numerosa, familia monoparental, etc considera que falta “uno muy importante”, y es el aplicable cuando un miembro familiar padece alguna enfermedad agravada o derivada de las condiciones de insalubridad o habitabilidad: bronquitis, asma, neumonía, “porque para lo que les interesa sí tienen en cuenta los ‘signos externos’ y para lo que no, no”, critica.

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