El último borrador del plan ‘Por un futuro más estable y seguro para Ceuta’ elaborado por el Gobierno local tras meses de diálogo con los agentes sociales y la oposición apuesta por importar y aplicar en Ceuta “el régimen de bonificaciones más favorable de entre los existentes en las distintas Comunidades Autónomas” y bonificar hasta el 99,9% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Actualmente la reducción de la cuota tributaria es del 50%.
Este tributo está regulado por la normativa estatal y se exige en todo el territorio español. Grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito (por herencia, donación, legado…) por personas físicas, ya que cuando se trata de personas jurídicas tributan por el Impuesto de Sociedades.
Andalucía implantó el sistema más bajo de sucesiones y donaciones con el PP
Existen tres supuestos en los que se exige presentar y abonar este tributo: al recibir bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio (adquisiciones ‘mortis causa’), al adquirir bienes por donación en vida (adquisiciones ‘inter vivos’) y si se es beneficiario de un seguro de vida.
Actualmente se aplica una bonificación del 50% en la cuota cuando el causante hubiera tenido su residencia habitual al tiempo del fallecimiento en Ceuta durante los cinco años anteriores, contados de fecha a fecha, que finalicen el día anterior al del devengo. El porcentaje se eleva al 99% cuando los causahabientes (herederos, legatarios...) son el cónyuge, ascendientes o descendientes.
Cantabria, Andalucía, Canarias y Madrid tienen los regímenes fiscales de sucesiones y donaciones menos gravosos, mientras que los que exigen mayores desembolsos de los beneficiarios son los de Asturias, Castilla y León o Aragón.
Tributo. Directo. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo de carácter directo y naturaleza subjetiva que completa la tributación directa en España. Grava de forma progresiva los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por las personas físicas (herencias, legados o cualquier otro título sucesorio; donaciones entre vivos; percepciones obtenidas por los beneficios de seguros de vida, etcétera).
Figuras. Dos en una. Actualmente se trata, en realidad, de un tributo que condensa dos figuras impositivas: las transmisiones ‘mortis causa’ e ‘inter vivos’. Con anterioridad a la reforma de 1987 ambos tributos se consideraban por separado.
50% Bonificación. Ahora se aplica una bonificación del 50% en la cuota cuando el causante es residente en Ceuta que llega al 99% si el causahabiente es el cónyuge, ascendiente o descendiente.
El documento elaborado por el Gobierno para apostar por un futuro en Ceuta ligado a “más España y más Europa” incluye en su última versión entre sus medidas “urgentes” la de “procurar que, respetando la normativa vinculante y la debida transparencia e igualdad de oportunidades, la contratación pública de la Ciudad en obras, servicios y suministros sea un factor que coadyuve al mantenimiento y desarrollo del tejido empresarial local”. A propuesta de la Cámara el texto aboga por incidir en la “búsqueda de buenas prácticas que se lleven en otros territorios” y en la “sensibilización del funcionariado con estricto respeto a la norma”. Otros planteamientos impostergables pasan por “intensificar los esfuerzos y mejorar la eficacia en la lucha contra el fraude en cualquiera de sus manifestaciones (economía sumergida; competencia desleal; empleo irregular; evasión fiscal; empadronamientos fraudulentos; construcciones ilegales...)” y por “simplificar trámites y acortar plazos en los procedimientos para la apertura de establecimientos y el otorgamiento de licencias
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