El Boletín Oficial del Estado de este jueves ha publicado el fin de las restricciones sanitarias para el acceso por las fronteras terrestres de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla desde Marruecos. Una medida que, tal y como informó El Faro hace unas semanas, ya están aplicando en el lado marroquí del Tarajal.
De esta manera, el BOE recoge que desde el inicio de la pandemia a consecuencia del Covid-19 se establecieron en España medidas de control sanitario a los pasajeros internacionales en los puntos de entrada al país, como sería el caso de la frontera de Ceuta.
Estos requisitos han pasado a la historia y ya no serán exigidos. Un certificado de vacunación, prueba diagnóstica o de recuperación de la enfemedad del coronavirus, que no será necesario que los visitantes de Marruecos presenten en la frontera desde que entre en vigor la nueva resolución del Ministerio de Sanidad publicada este jueves en el BOE.
"En lo que afecta a las fronteras terrestres se encuentra articulado mediante la Orden SND/425/2022, de 13 de mayo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas que llegan a España a través de los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla y en las fronteras aéreas y marítimas, mediante la Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, modificada por la Resolución de 1 de junio de 2022", explica el boletín.
Una vez superada la fase aguda de la pandemia, explica la ministra de Sanidad en el documento, se han actualizado las medidas de vigilancia y control a nivel nacional mediante la Estrategia de vigilancia y control frente al Covid-19 tras la fase aguda de la pandemia, justificado, en gran parte, por los "altos niveles de inmunización alcanzados en la población española y en los países de nuestro entorno", que han llevado a una "importante disminución de los casos graves y de la letalidad frente a SARS-CoV-2".
"En este escenario las medidas de limitación de la movilidad internacional deben aplicarse respetando los principios generales del Derecho de la Unión, no debiendo ir más allá de lo estrictamente necesario para salvaguardar la salud pública y deben levantarse cuando la situación epidemiológica, en particular en la hospitalaria, lo permita", continúa el documento.
Por esta razón, teniendo en cuenta la evolución de la pandemia a nivel global y la situación epidemiológica en España y con el fin de favorecer la normalización de la movilidad internacional, con el menor impacto posible para la salud pública, "se considera conveniente dejar sin efecto las medidas de control sanitario a las personas procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea o con la consideración de países asociados Schengen".
El fin de estas medidas de control y requisitos entrará en vigor desde las doce de la noche de este jueves al viernes, es decir, a las 00.00 horas de este viernes, 21 de octubre.
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