La Delegación del Gobierno en Ceuta ha informado de que ya está oficialmente convocada la prueba libre para la obtención del título de Bachiller destinada a aquellas personas mayores de 20 años (o que cumplan esa edad en el año natural en el que se realiza la prueba) que "no estén matriculados en las enseñanzas de Bachillerato en ninguna de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario, presencial turno nocturno o a distancia y que no posean el título de Bachiller". El objetivo de estos exámenes es comprobar si se han alcanzado los objetivos del Bachillerato y, además, los aspirantes deben estar en alguna de estas circunstancias:
a) Residir en Ceuta o Melilla.
b) Tener la nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el extranjero.
c) No tener la nacionalidad española, residir en el extranjero y haber cursado previamente enseñanzas regladas del sistema educativo español.
En esta convocatoria, la prueba tendrá lugar los días 23 y 24 de marzo de 2022 y el plazo de matriculación será desde el día 29 de diciembre de 2021 hasta el día 14 de febrero de 2022. La admisión a la prueba debe solicitarse a través de unos anexos que se pueden obtener tanto en la sede de la Dirección Provincial de Educación como en la web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), así como de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.
Además, según se informa desde Delegación, la solicitud deberá ser acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte.
b) Acreditación de residencia en Ceuta o Melilla.
c) Acreditación de residencia en el extranjero.
d) Los aspirantes sin nacionalidad española y residentes en el extranjero han de presentar certificación académica de haber cursado enseñanzas regladas del sistema educativo español.
e) Todos los aspirantes deberán presentar la declaración responsable de no estar matriculados en las enseñanzas de Bachillerato ni poseer el título de Bachiller.
f) Los aspirantes podrán solicitar la exención de la realización de aquellas materias que pudieran tener la condición de superadas con anterioridad o convalidadas. Se deberá hacer constar en la solicitud.
g) Aquellos aspirantes que en el momento de formalización de la solicitud no puedan aportar la documentación acreditativa de alguno de los requisitos establecidos en el artículo 3 de la presente resolución deberán presentar la declaración responsable del anexo II.b debidamente cumplimentada.
h) Los aspirantes con discapacidad que soliciten medidas de adaptación deberán especificarlo en el anexo I.a o I.b y deberán presentar certificado o resolución del Grado de discapacidad.
i)
Todos los aspirantes deberán presentar el anexo III declaración responsable de la veracidad de la documentación aportada, manifestando que la misma es copia fiel de los originales que obran en su poder.
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