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La ayuda del SEPE para personas desempleadas que ya han agotado el paro

Aquellos que hubieran agotado el paro, no encuentren empleo y carezcan de ingresos suficientes, pueden solicitar esta ayuda de 570 euros al mes

El sistema público de ayudas al desempleo en España ha sido reformado en 2025 con el objetivo de adaptarse a las necesidades actuales del mercado laboral. La simplificación de trámites, el aumento en las cuantías económicas y la posibilidad de compatibilizar subsidios con empleo o formación son algunas de las claves de este nuevo modelo impulsado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con oficina en Ceuta.

Estas mejoras pretenden ofrecer un mayor respaldo económico y fomentar la reincorporación laboral de colectivos en riesgo de exclusión.

Una de las medidas más destacadas incluidas en el Real Decreto‑ley 2/2024 es la activación de un subsidio específico para personas desempleadas de entre 30 y 55 años que hayan agotado la prestación contributiva.

Esta ayuda, disponible desde abril de 2025, facilita el acceso a un apoyo mensual de hasta 570 euros, eliminando barreras como el mes de espera obligatorio o la obligación de declarar ingresos familiares.

Requisitos y condiciones para solicitar la ayuda

Para acceder a este nuevo subsidio del SEPE se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener entre 30 y 55 años.

  • Haber agotado el paro.

  • Ingresos mensuales por debajo del 75 % del SMI (aproximadamente 810 euros).

  • Estar inscrito como demandante de empleo y firmar la Declaración de Búsqueda Activa.

  • Acreditar al menos 15 años cotizados, con dos de ellos en los últimos quince (excepto casos especiales como víctimas de violencia de género o trabajadores retornados).

  • Presentar la solicitud dentro de los 6 meses posteriores al fin del paro.

La gestión puede hacerse por vía telemática (con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve) o presencialmente con cita previa. Se deben adjuntar documentos como el DNI, vida laboral y justificantes de ingresos si los hay.

El subsidio se aprueba inicialmente por tres meses y puede renovarse cada trimestre sin un límite concreto de prórrogas, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Además, ya no importa si el último empleo fue a jornada parcial, la cuantía es fija, lo que simplifica el cálculo y garantiza igualdad.

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