Colaboraciones

La Autonomía de Ceuta en dosis pequeñas (II): Lo que la Transición nos aportó

Ha de reconocérsele a UCD el peso más significativo y determinante de las iniciativas y de las propuestas que dieron como resultado lo establecido en la Constitución sobre Ceuta

La mayoría de nosotros sabemos, más o menos, que la Transición española a la democracia fue el periodo de tiempo durante el que se evolucionó de manera pacífica, desde la dictadura a un sistema democrático. Aunque esa evolución no estuvo exenta de la violencia ejercida para intentar abortarla por ETA, la extrema derecha y la ultraizquierda. Pero se sabe demasiado poco sobre las condiciones y las cosas que se llevaron a cabo para conseguir una democracia real y estable.

Si observamos los comentarios políticos que aparecen en la prensa local de aquella época, resulta relevante cómo en los debates que se producen subyace tanto como destaca la poca confianza en el futuro de la ciudad. El condicionante mayor era la experiencia adquirida durante la descolonización del Sahara, Guinea e Ifni, que fomentó una sensación de abandono, de dejar a su suerte a la población de esos territorios. Lo cual unido al aprovechamiento que Marruecos utilizaba sobre la falta de legitimidad del régimen franquista en el contexto internacional y por la debilidad que en los últimos años de la Dictadura se había puesto de manifiesto, se convertían en elementos traumáticos que justificaban esa sensación de falta de confianza.

En esta situación, los beneficios de una buena Transición hacia la democracia para los ciudadanos de Ceuta y de Melilla podían ser mayores que para el resto de los españoles, porque además de conseguir los derechos y libertades políticas, así como los beneficios derivados de unas legítimas instituciones democráticas, una España fuerte podría resolver mejor el problema de las reclamaciones.

La consecuencia más importante en Ceuta de las elecciones generales de 1977, fue que los resultados tanto para la representación en el Congreso de los Diputados como para el Senado, se atribuyeron a la UCD, el partido que había logrado convertirse en la principal fuerza política en las instituciones del Estado. Esa coincidencia fue buena para Ceuta, porque la vinculación de su representación con la nacional daría una audiencia y una fuerza especial a sus reivindicaciones.

El principal objetivo que se marcaron los partidos ceutíes fue dejar sentada la plena españolidad de Ceuta en las Cortes Constituyentes. No se mencionaban reclamaciones autonómicas, ni se hablaba de autogobierno. De manera que los parlamentarios de Ceuta se propusieron desde el inicio del debate que el texto constitucional mencionase a los dos ciudades como integrantes de España de forma expresa y singular, como señal inequívoca de que estaban amparadas y protegidas por la Constitución.

En el Anteproyecto elaborado por la Comisión redactora no se incluía ninguna referencia a Ceuta y Melilla. Durante el debate se planteó la necesidad de tratar de integrar en la organización territorial del Estado a las dos ciudades, con la misma aplicación del principio dispositivo que presidía el Título VIII y la misma vía general prevista para las regiones.

Lo más destacable de las posiciones que los grupos mantuvieron en el proceso constituyente, sin duda la de mayor valor político, fue el consenso que se logró. Ese consenso amparó las soluciones y los preceptos concretos que tratan de Ceuta; extendió a la ciudad la posibilidad de adecuar su especial situación a la estructura territorial del Estado autonómico; y aprobó el tratamiento singular y las menciones específicas que tanto preocupó a la opinión pública local y tantos esfuerzos generó en la actuación política de los representantes locales durante el periodo de la Transición.

Ha de reconocérsele a UCD el peso más significativo y determinante de las iniciativas y de las propuestas que dieron como resultado lo establecido en la Constitución sobre Ceuta. Sus iniciativas fueron claramente el inicio de estos preceptos. Y también, con igual intensidad hay que hacerlo con el PSOE, quién en ambas cámaras contribuyó a la redacción y aprobación de los preceptos mencionados. Su apoyo a las iniciativas fue en todo momento expreso, haciendo posible la adopción y aprobación de las mismas.

Lo regulado para Ceuta obtuvo el apoyo unánime de las Cortes Generales, y podemos valorar las siguientes conclusiones, extraídas del proceso constituyente:

1º. Por primera vez en una Constitución española aparecía mencionada Ceuta por su propio nombre. Era parte integrante del territorio nacional, tal como los ceutíes habían reclamado. El objetivo de incluir de forma expresa en el articulado la mención de Ceuta quedó de sobra conseguido. Junto con Melilla, son las poblaciones más nombradas en la Constitución.

2º. Se le otorga una representación privilegiada, superior a las del resto de España según les corresponde por el censo, lo cual fue objetado por algunos grupos políticos, pero terminó prevaleciendo.

3º. En el artículo 144 b) se prevé como excepción a la regla general que se pueda autorizar o acordar un Estatuto de Autonomía como territorios no integrados en la organización provincial.

4º. La Transitoria 5ª posibilita que puedan constituirse en Comunidades Autónomas, mediante una ley orgánica, según lo previsto en el artículo 144.

5º. Ceuta quedó integrada, amparada y protegida por la Constitución.

Como sucedió con las elecciones generales de junio de 1977, el comportamiento electoral de los ceutíes en el referéndum constitucional fue muy semejante y en el mismo sentido que en el conjunto de España. La Constitución fue refrendada por una mayoría abrumadora de votantes en sentido afirmativo, a pesar de las diferencias y controversias que en la ciudad se explicitaron.

El porcentaje de votantes fue incluso superior a la media española, ya que participó el 72,80% de los ceutíes, por encima del 67,11% del total de España, lo que suponía solo un 27,20% de abstención en Ceuta frente al 32,89% del total de España.

No obstante estos resultados, que eran mayores que los demandados en los programas de los partidos políticos locales, la acogida que tuvieron en la ciudad no pareció que se correspondiese con la importancia de lo logrado. La pregunta crucial, entonces, es: ¿cómo es que un resultado tan favorable no concitó las energías necesarias para aprovechar la coyuntura y sacar adelante el autogobierno de la ciudad? La respuesta es, sucintamente, que la conclusión ha de buscarse en las dificultades que surgieron para lograr una posición común entre los partidos políticos de Ceuta, que en gran medida determinó que el proceso autonómico de la ciudad no se materializase hasta transcurridos más de dieciséis años.

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