La titular del Juzgado de Instrucción número 4 ha dictado auto decretando la apertura de juicio oral contra el que fuera consejero de Gobernación del Gobierno de Ceuta, Jacob Hachuel, por un presunto delito de prevaricación administrativa, en una causa en la que únicamente figura Acusación Particular ya que la Fiscalía va a pedir la libre absolución al mantener que en la instrucción “no ha quedado acreditado” que el exconsejero prevaricara. El juicio tendrá que celebrarse en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.
En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, la magistrada destaca que no procede el sobreseimiento, habiéndose formulado una única acusación, la que representa los intereses de la familia Mizzian en torno a un delito por el que se pide inhabilitación para cargo público. Solicita la apertura de juicio oral, siendo el máximo órgano judicial en la ciudad el que asuma la causa. Así, esta sigue adelante después de que hace unas semanas se conociera la decisión de la Fiscalía de pedir la libre absolución del exconsejero de Gobernación en la vista oral del caso de la no inhabilitación de dos policías locales de la UIR (N.C.V. y J.G.M.) que siguieron trabajando pese a haber sido condenados por el Tribunal Supremo por un caso de lesiones con agravante de abuso de superioridad sobre un sexagenario en 2005.
La Audiencia Provincial concluyó en octubre del año pasado que la causa no podía liquidarse sin juzgar si el procesado por un presunto delito de prevaricación había obrado arrastrado por “un despropósito continuado por dejadez”, por “la ignorancia en aspectos administrativos esenciales de la Ciudad” o por “la voluntad deliberada de salvaguardar” a los agentes.
Según el escrito de conclusiones elaborado por el Ministerio Público durante el periodo de estado de alarma, Hachuel fue denunciado por un presunto delito de prevaricación por haber dictado, siendo consejero de Presidencia y Gobernación “a sabiendas de su injusticia”, un Decreto el 5 de enero de 2016 en el que ordenó el “sobreseimiento” de un expediente disciplinario incoado, pero “en la instrucción de la causa no ha quedado acreditado que el acusado realizara tal tipo delictivo”. El tortuoso camino que ha llevado esta causa le lleva a arrastrar archivos previos.