El Consejo de Gobierno, reunido el jueves en Rabat, fue informado de un acuerdo en forma de intercambio de notas entre el Reino de Marruecos y el Reino de España que modifica el acuerdo en forma de intercambio de notas del 8 de marzo de 2004 sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducir nacionales, firmado en Madrid los días 29 de febrero y 6 de marzo de 2004, y un proyecto de ley n°25-24 por el que se aprueba dicho acuerdo, presentado por el ministro de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero, Nasser Bourita.
La enmienda, que se refiere al párrafo cuarto de este acuerdo, tiene por objeto permitir a los conductores marroquíes canjear sus permisos de conducir nacionales por los equivalentes españoles, sin tener que realizar el examen teórico, explicó el ministro delegado encargado de las Relaciones con el Parlamento, portavoz del Gobierno, Mustapha Baitas, durante una rueda de prensa al término del Consejo.
Los conductores marroquíes que deseen canjear sus permisos de conducción de las categorías C, C+E, D y D+E tendrán que realizar, excepcionalmente, un examen de conducción en una carretera abierta al tráfico general, utilizando uno o varios vehículos que estos permisos les permiten conducir, tal y como informa la agencia de noticias MAP.
Canjes de permisos extranjeros: marruecos
La Dirección General de Tráfico (DGT) de España comunica a través de su página web que los permisos de conducir de residentes en España que hayan sido expedidos en algún país con el que exista convenio pueden ser canjeados por un permiso español equivalente, siempre que el permiso hubiera sido obtenido antes de ser residente en nuestro país.
El permiso extranjero es solo válido durante el plazo de seis meses, como máximo, contados desde que hayas adquirido la residencia normal en España. Por lo que estarás obligado a realizar un canje si quieres seguir conduciendo en nuestro país.
A la hora de realizar el canje ten en cuenta:
- Tu permiso de conducir será canjeable si lo obtuviste antes de ser residente legal en España, o si lo hiciste con fecha anterior a la firma del convenio.
- Para permisos que solo incluyen autorizaciones para vehículo tipo A y B (motos, coches y vehículos ligeros) no es necesario realizar pruebas, el canje es directo.
- Para el canje de permisos que incluyan autorización para conducir vehículos tipo C y D (camiones y autobuses) normalmente será necesario superar una prueba práctica y en algunos casos también teórica.