El Tribunal Militar Territorial Segundo ha acordado el archivo de la causa abierta contra un legionario destinado en el Tercio Duque de Alba II de la Legión de Ceuta por un supuesto delito de abandono de residencia.
En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se acuerda el sobreseimiento definitivo de las actuaciones.
Los hechos a los que alude esta resolución se remontan a diciembre de 2022, cuando el legionario, que se encontraba de baja médica, fue visto tomando el ferry con destino a Algeciras cuando no estaba autorizado a abandonar la ciudad.
Por ello se inició un procedimiento por presunto delito de abandono de residencia, previsto y penado en el Código Militar. La Fiscalía interesó el sobreseimiento definitivo de esas actuaciones toda vez que consideraba que la acción cometida no era constitutiva de infracción penal.
Tal y como se recoge en la resolución judicial, el legionario estaba de baja y autorizado a pasarla en su domicilio habitual en Ceuta, habiéndose detectado ese trayecto a la Península sin que constara autorización para tal desplazamiento.
De acuerdo con lo considerado por el Tribunal Militar, en el presente caso no se produjo un incumplimiento del deber de localización y disponibilidad. “El investigado ha estado localizado desde el inicio de la baja médica, no se ha sustraído al control por parte de sus mandos, a quienes informó en todo momento de su situación”, sentencia. Sin embargo, se ausentó de Ceuta sin estar autorizado a ello.
El tipo penal para que exista un abandono de residencia fija la temporalidad en más de tres días y de acuerdo a los billetes de ida y vuelta revisados esa permanencia en la Península fue menor. “Falta por tanto uno de los elementos necesarios para que podamos hablar del tipo penal puesto que la ausencia del soldado fue interior a 72 horas”, argumenta el Tribunal.
En este caso, que fue gestionado por el gabinete jurídico EdM (Especialistas en Derecho Militar)–FMlawyers, la Defensa insistió en que el militar estuvo en todo momento localizado.
Manuel Rodríguez Monserrat, especialista en derecho militar, explica en declaraciones a este periódico la importancia de encontrarse disponible y localizable, así como de remitir los correspondientes informes que sean requeridos por la sanidad militar para evitar ser investigado por un delito que puede conllevar la imposición de una pena de prisión de 3 meses a dos años.
En este caso la Fiscalía mostró su conformidad con la propuesta de sobreseimiento definitivo al entender que los hechos no son constitutivos del delito por el que se le investigaba.
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