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Estos son los aprobados en las oposiciones de auxiliar de Enfermería de la Ciudad

Consulte aquí el listado con los nueve candidatos que han sacado las mejores notas en las pruebas | Ahora tienen 20 días para presentar toda la documentación en el Ayuntamiento

La Consejería de Presidencia y Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta mantendrá abierto durante 20 días naturales el plazo de presentación de toda la documentación requerida para las personas que aparecen en el listado definitivo de aprobados en la convocatoria para la provisión de nueve plazas de Auxiliar de Enfermería, correspondientes a la oferta de Empleo Público de la Ciudad para el año 2022.

Consulte aquí la lista definitiva de aprobados

Los nueve aprobados, que ocuparán estas nueve vacantes en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento, deberán ahora entregar en este plazo los documentos especificados en la Base 10 de la convocatoria, tal y como recoge el Boletín Oficial de la Ciudad en su edición de este martes, que además hace pública la lista definitiva de aprobados de la convocatoria.

Documentación requerida a los opositores aprobados

La Base 10 de la convocatoria dispone que dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOCCE de la relación definitiva de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar o remitir a la Dirección General de Recursos Humanos, situada en el Palacio Autonómico, los siguientes documentos:

  • Copia, debidamente autenticada del DNI.
  • Fotocopia debidamente autenticada del título exigido o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificado de haber solicitado su expedición.
  • Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

"Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la Base 3, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicios de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación", concluye el BOCCE.

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