La Audiencia Provincial atiende el recurso de apelación de una celadora golpeada por un hombre que no podrá aproximarse en 6 meses
Cuando una celadora que fue agredida en el Hospital Universitario escuchó la sentencia por la que el hombre que la golpeó fue condenado, pensó que faltaba 'algo más' para que se hiciera justicia de manera total.
Faltaba, pensaba ella, incluir a la condena dictada el pasado 5 de abril por el Juzgado de Instrucción nº 3 de esta ciudad, en base a una falta de lesiones, una orden que alejara al agresor de su víctima durante un tiempo determinado y a unos metros considerables.
De tal modo, elevado el caso a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, el tribunal ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la celadora, fallando por tanto que contra la sentencia ejecutada, cabía imponer contra el agresor una orden de prohibición de aproximarse a la víctima por un periodo de seis meses y que consistirá en concreto en la imposibilidad de acercarse a la misma en cualquier lugar donde se encuentre, así como llegar hasta los aledaños de su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella.
La sentencia, que es firme, complementa por ende a la dictada en primera instancia por el Juzgado de Instrucción nº 3, como ha quedado mencionado con anterioridad, y que se traducía en los términos siguientes: pena de treinta días de multa con una cuota diaria de 3 euros, es decir 90 euros, y la consiguiente responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas; indemnización de 120 euros; y el pago de las costas del proceso.
Asimismo, es preciso señalar que el magistrado del Juzgado de Instrucción nº 3 no consideró oportuno imponer orden de prohibición alguna pese a que la demandante, mediante su letrada, y la representante del Ministerio Fiscal elevaron la petición con sendos escritos.
Todo ello es la consecuencia de unos hechos que quedaron plenamente probados por la Justicia y que acaecieron cerca de las 15:00 horas de la tarde del 30 de marzo del presente año cuando el agresor acometió con arañazos y agarrones en el cuello y tórax a la celadora en el instante en que ésta le prestaba atención en el Hospital Universitario de Ceuta. El hombre actuó siempre bajo el ánimo de menoscabar la integridad física de la sanitaria, según consta en la sentencia.
A consecuencia de este acometimiento, la mujer sufrió un eritema en el tórax y dolores en el cuello cuya curación no precisó más que una primera asistencia facultativa y cuatro días no impeditivos de estabilización.
Por último, acerca del condenado cabe destacar que cuenta en su historial personal con una larga lista de antecedentes penales así como una grave dependencia a sustancias estupefacientes.






