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Amgevicesa ruega que quien no tenga experiencia se abstenga de opositar

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha emitido algunas consideraciones a tener en cuenta sobre el proceso selectivo para la contratación, con carácter fijo-indefinido, de 84 Auxiliares de Servicios/Control en Amgevicesa. Con la formación, la puntuación máxima que se puede obtener son 10 puntos en el caso de tener una licenciatura, de modo que, sin la correspondiente experiencia, no se puede alcanzar la puntuación mínima de 20 puntos para superar la fase de concurso.

Aunque en las bases de la convocatoria se recogen claramente todas y cada una de las características del proceso, para aclarar algunas dudas, la dirección de la empresa emite el siguiente comunicado:

  1. Se trata de una oferta libre, que nada tiene que ver con los procesos de consolidación seguidos en las convocatorias anteriores, por lo que se pueden presentar todas las personas que cumplan los requisitos y tengan posibilidades reales de superar la fase de concurso.
  2. Para superar la fase de concurso se debe alcanzar una puntuación mínima de 20 puntos, sumando la experiencia laboral en categorías similares (Auxiliar de servicios, ordenanza, conserje, celador, dependiente de comercio, vigilante o militar), la titulación académica superior a la requerida (sólo puntúa la más alta) y los cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de trabajo y con las materias que se indican expresamente en la base 10. Se ruega muy encarecidamente a todos/as que si no alcanzan los 20 puntos en la valoración de sus méritos, que no presenten la solicitud, evitando así ser excluidos/as y que se alargue el proceso innecesariamente.
  3. La experiencia laboral se deberá acreditar mediante el certificado de cada empresa o administración en la que se haya trabajado y donde se indique claramente la categoría que ha desempeñado. Si no se indica la categoría y el tiempo total de contratación no se valorará la experiencia presentada. El certificado deberá coincidir exactamente con lo que aparezca en el informe de vida laboral que se pedirá si el/la aspirante es seleccionado/a entre las 84 plazas. Cualquier diferencia entre ambos documentos será motivo de exclusión.
  4. Los diplomas o certificados de los cursos de formación deben indicar el número de horas de duración y el centro u organismo emisor para poder ser baremados, además de lo ya indicado anteriormente respecto de las materias a valorar. No presentar cursos que no se correspondan con las materias aceptadas.
  5. Los estudios realizados en otros países sólo serán aceptados si están homologados en España.
  6. Las solicitudes y documentación que se remitan por correo electrónico deberán poder ser leídas completamente. Se recomiendan que no se remitan documentos en formatos que impidan una reproducción adecuada, lo que impediría su valoración por parte del Tribunal.
  7. Los aspirantes que se presente al proceso selectivo por el cupo de reserva destinado a personas con discapacidad, deberán acreditar junto con la solicitud y demás documentos a baremar, la certificación del grado de discapacidad y, en caso de solicitar algún tipo de adaptación para poder realizar la prueba de la fase de oposición, el certificado médico que justifique dicha petición, de acuerdo con lo previsto en la base 5.6.

Las bases se pueden consultar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta Nº 6.227 del día 19 de agosto de 2022, así como en la Web de la empresa Amgevicesa (www.amgevicesa.com).

Las dudas sobre cualquier aspecto de las citadas bases o sobre la convocatoria se pueden aclarar enviando un correo electrónico a consultas@amgevicesa.com y llamando al teléfono 692 80 80 80 en horario de 8.30 a 14.00 horas en días laborables. No se atenderán mensajes en el buzón de voz.

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