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Un alumno del IES Campoamor, expulsado tras agredir a un docente

Por A.Q.
29/10/2016 - 07:58
El Claustro se reunió ayer con todo el alumnado del instituto de Huerta Téllez en el patio del centro escolar donde tuvo lugar el suceso el lunes. Cedida

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  • El Claustro del centro llama a “aunar esfuerzos” para evitar que se repitan sucesos como el del lunes

Un alumno que hasta esta semana cursaba segundo curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) en el IES Clara Campoamor ha sido expulsado del centro provisionalmente, mientras se tramita el preceptivo expediente académico que de forma previsible concluirá con su traslado a otro instituto y el suceso avanza en la vía judicial, tras agredir el pasado lunes a un profesor al que rompió las gafas, aunque las lesiones físicas sufridas no han sido de mayor gravedad, según las fuentes consultadas por este periódico.

El Claustro del IES de Huerta Téllez se reunió ayer a mediodía con todo el alumnado del centro para dar lectura a un comunicado en el que se explicó que, aun entendiendo que este tipo de sucesos como “pueden resultar inevitables” es preciso “aunar esfuerzos entre todos para lograr  minimizarlos”.

“Es necesaria la colaboración entre las diversas administraciones, entre padres y profesores y en general entre todos los que estamos involucrados en preparar a las generaciones del futuro”, destacó el posicionamiento del Claustro, que dejó claro que “los docentes tenemos difícil arreglarlo por nosotros mismos porque la autoridad académica está cada vez más devaluada y se ha destruido la autoridad del profesorado”.

“Nuestro alumnado nos enorgullece, nos hace mejores como enseñantes y son en su inmensa mayoría unas buenas personas: un individuo,  no lo representa. Han dado muestra de su repulsa y les estamos agradecidos por  ello”, se congratuló el Claustro, en cuyo nombre el director del centro, José Ángel Domínguez, reprobó lo ocurrido, mostró la “solidaridad” de toda la comunidad docente al compañero e hizo “una petición a las autoridades para evitar que situaciones como estas vuelvan a ocurrir”.

“Ha sido un acto modesto y amable, como lo ha querido nuestro afable compañero”, indicaron fuentes del IES Clara Campoamor a ‘El Faro’.

Para el Claustro es una evidencia que “los centros de enseñanza son un reflejo de la sociedad” y que “lamentablemente cada vez nos llegan más señales del deterioro de la convivencia en nuestra ciudad”. Por ello, sus integrantes se mostraron seguros de que “es hora de hechos y no de palabras”, así como de que “nos jugamos mucho”.

El suceso tuvo lugar a última hora de la jornada lectiva del pasado lunes y fue precisamente “la rápida actuación de los demás alumnos” la que “evitó que el acontecimiento fuera a mayores”. “Nuestro compañero está bien físicamente, aunque no tanto en lo psicológico: los trámites tanto académicos, como judiciales, están siguiendo su curso y esperamos que se resuelvan pronto”, resumieron desde el centro escolar.

La figura del profesor como autoridad pública y su protección

La LOMCE establece que los miembros del equipo directivo de los centros educativos y los profesores y profesoras deben ser considerados “autoridad pública” pero solo a efectos administrativos. Por lo tanto, en los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por ellos tienen valor probatorio y disfrutan de presunción de veracidad ‘iuris tantum’ o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos.

Además, la agresión y otras conductas graves contra un profesor pueden ser consideradas delito de atentado contra la autoridad y añadirse a la existencia de otras posibles infracciones penales (falta o delito de lesiones).

La Fiscalía General del Estado considera desde 2008 que también los profesores tienen la condición de autoridad a efectos penales.

A juicio de ANPE “todos los profesores, en su condición de funcionarios públicos, deben tener la protección penal del delito de atentado en caso de sufrir conductas ilícitas graves”, aunque a veces se interpreta que  únicamente debe proteger a los funcionarios que llevan a cabo un control de la convivencia social (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, agentes judiciales, inspectores...).

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