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Adiós a pasar la ITV en este 2024: la DGT confirma los esperados cambios

La DGT pretende actualizar el reglamento e introducir importantes novedades que deben tener en cuenta los conductores

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es obligatoria para todos los conductores en nuestro país, y a veces supone un verdadero quebradero de cabeza para los vecinos de Ceuta ya que pasarla cuando tu vehículo es antiguo o está modificado puede resultar complicado.

Cuando cumpla cuatro años si su coche es nuevo, hay que acudir a esta inspección. Sin embargo eso va a cambiar. No en todos los casos pero sí en algunos. La DGT está de acuerdo en que el marco legal, que data de 1995 está desfasado. Es por ello que está en marcha un Real Decreto que eximirá a ciertos vehículos de someterse a la ITV. Eso sí, no todos los conductores tendrán la fortuna de beneficiarse de la actualización de la normativa.

La DGT no les obligará a ello pero tampoco se lo prohibirá. La mayoría de los beneficiados son automóviles, pero esta exención también beneficia a algunos ciclomotores.

Aunque la pasen, muchos conductores se preguntan lo mismo: si no llevas la pegatina de la ITV en tu coche, ¿podrían multarte?

Aunque parezca extraño, desde principios de este año hay algunos coches que no tienen por qué pasar la ITV nunca más. Se trata de los vehículos que han sido matriculados antes del 1 de enero de 1950, independientemente de que sean coches o ciclomotores. El objetivo es básicamente darle una importancia mayor a los vehículos históricos.

La DGT ha querido recalcar la importancia de estos vehículos como parte de nuestro patrimonio cultural, de ahí su intención de incrementar el número de vehículos históricos en nuestro país. Para ello, ofrece en la nueva normativa una gran ventaja para los calificados como históricos, por lo que si está en posesión de uno de ellos, podrá beneficiarse de la ventaja de no tener que pasarle nunca más la ITV.

Las motos históricas, también exentas

Los ciclomotores considerados históricos también quedan exentos independientemente de su fecha, ya que antes no se matriculaban. Por otro lado los vehículos de motor considerados históricos con fabricación posterior a 1950 sí estarán obligados a pasar la ITV, pero con flexibilidad:

  • Más de 45 años de antigüedad o motos: cada cuatro años.
  • Más de 30 años de antigüedad: cada dos años.

La DGT pretende actualizar el reglamento e introducir importantes novedades que deben tener en cuenta los conductores.

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