“Me acojo a mi derecho a no declarar”. Ha sido la frase repetida por 23 de los 30 acusados implicados en la Operación Monte, la causa más importante vinculada al narcotráfico que se ha juzgado en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. El tribunal ha dejado el caso visto para sentencia, después de que Fiscalía haya renunciado a la práctica de las pruebas que estaban señaladas hasta este miércoles.
Los únicos que han reconocido la comisión de un delito de tráfico de drogas son aquellos que tuvieron una relación con un camión con más de dos toneladas de hachís que fue intervenido en Algeciras y que estaba bajo investigación de un juzgado de Pamplona.
Los investigadores de la Policía del norte de España no habían tenido contacto en ese momento con los de Ceuta y cuando procedieron a una investigación sobre este traslado de hachís la misma no estaba afectada por lo que trabajaba la Udyco en Ceuta. Por tanto, no se vería salpicada por ninguna nulidad derivada de la ilicitud de la prueba base que ha sido declarada en un auto por la Audiencia cuyo contenido fue adelantado por El Faro de Ceuta.
Pamplona y Ceuta no trabajaban de la mano, así que no cabe contaminación posible de las indagaciones de una demarcación policial y de la otra. El camión quedó intervenido en enero de 2016 en Algeciras, procediéndose a la práctica de arrestos. A esos detenidos que hoy están acusados en la ‘Monte’ se les ha tomado declaración y han reconocido los hechos.
Fiscalía los considera culpables de un delito contra la salud pública en su modalidad de notoria importancia con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. A dos de los acusados se les pide una pena de 9 meses de cárcel y multa de 829.000 euros mientras que al resto un año de prisión y la misma multa.
Esta parte de la investigación judicializada en el número 4 de Pamplona no está afectada por todo lo que derivó de la prueba considerada nula –la intervención del teléfono de uno de los considerados cabecillas de Ceuta-. Los acusados han confesado los hechos y el instructor policial que llevó a cabo esa actuación ha corroborado que su trabajo no era conocido por la Udyco de Ceuta.
En nuestra ciudad las investigaciones se iniciaron en enero de 2016 y el inspector que llevó las mismas ha declarado a través de videoconferencia que las desarrollaron ante los indicios de tráfico de drogas que se habían derivado de las intervenciones telefónicas. Se ha reconocido así lo que ya se sabía, que ese traslado de hachís, ese conocimiento de que se organizaba la salida de camiones con drogas, partió de las escuchas telefónicas.
De esta manera se apuntaron las investigaciones hacia los objetivos marcados, pero todo partió de ese origen ahora invalidado. También se ha dejado claro que los datos de Ceuta no coincidían con los de Pamplona cuyas indagaciones datan de noviembre de 2015 y nada sabían de lo que se podría estar trabajando policialmente en la ciudad autónoma.
Las detenciones en Ceuta asociadas al tráfico de hachís así como las labores patrimoniales posteriores fueron fruto o nacieron de esa intervención telefónica, por lo que también quedan invalidadas.
Las defensas de los distintos acusados ajenos a la investigación de Pamplona han puesto de manifiesto la inexistencia de pruebas que desvirtúen la presunción de inocencia de los distintos procesados en la causa.
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