Esta es la historia de una joven marroquí. Una de tantas que acostumbraba a cruzar la frontera del Tarajal, que separa Ceuta de Marruecos, para prestar servicio en una casa sin contrato. La rutina del día a día cambió cuando fue acusada por su empleadora de un robo con fuerza, en concreto de haberle sustraído joyas: desde broches y prendedores hasta relojes y colgantes que guardaba en una caja fuerte. Todo ello valorado en casi 60.000 euros.
La protagonista de esta historia fue detenida por la Policía Nacional, ingresada en los calabozos para, después, quedar absuelta en sentencia firme porque nunca se pudieron probar los hechos. La consecuencia judicial en forma de sentencia absolutoria llegaría un año después -la denuncia se interpuso en 2018 y la sentencia se dictó en 2019-, pero durante ese periodo esta mujer no solo fue arrestada, sino también señalada como una ladrona, sin recuperar la tranquilidad quebrada hasta que un juzgado le dio la razón.
A esta joven marroquí le llamó la Policía después de que se interpusiera una denuncia en su contra. Cuando acudió a la Jefatura la arrestaron. Fue detenida, fichada y durmió en los calabozos. El miedo se apoderó de ella hasta el punto de hacerse sus necesidades encima, viéndose retenida y sin saber qué le iba a suceder o a quién pedir auxilio.
El Juzgado de lo Penal número 2 recogió en su dictamen judicial que no había pruebas para incriminarla en un delito de robo con fuerza en las cosas, por el que la Fiscalía le pedía dos años de cárcel y una multa equiparable al precio del material desaparecido. La afectada desconocía que en la vivienda había una caja fuerte con tantísimas joyas, pero a pesar de ello la culparon.
Siempre pensó, y así lo mantuvo en el juicio en el que se le terminó dando la razón, que se le acusó de robo después de que advirtiera a su empleadora con que la iba a denunciar al tenerla sin contrato. Lo hizo tras enterarse de que tras ausentarse del trabajo por la muerte de su madre durante un tiempo, su puesto había sido ocupado por otra marroquí. El espacio temporal transcurrido entre esta advertencia y la acusación en la Policía fue solo de un mes.
La juzgadora consideró que la explicación dada por esta joven fue “firme y contundente” frente a la expuesta por la empleadora, quien llegó a manifestar que no la acusó directamente como la causante del robo sino que dijo que podía haber sido ella. La Policía, al contrario, dejó claro que recibió denuncia que incriminaba directamente a esta joven a la que detuvieron tras presentarse voluntariamente en las dependencias policiales desplazándose desde Marruecos para comparecer. Las joyas, por cierto, nunca aparecieron y sí se cobró un dinero por el seguro.
En sentencia absolutoria se consideró la inexistencia de una prueba con fundamento suficiente como para condenar a la joven, al existir solo “una mera y particular sospecha”. No hubo testigos, tampoco huellas... solo “conjeturas”, pero las mismas sí que fueron suficientes para detener a esta mujer y mantenerla en el calabozo sin saber cuál iba a ser su destino, teniendo una mancha en su historial sin haber cometido delito como posteriormente quedó demostrado.
La propia magistrada incluyó en su sentencia absolutoria que el testimonio de la denunciante estuvo plagado de “contradicciones, dislates e incongruencias varias e ilógicas, que hacen absolutamente increíble e inverosímil su versión de los hechos”. De hecho en la caja fuerte había muchas más joyas y dinero, pero la denuncia solo se interpuso por el robo de unas concretas. ¿Alguien que tendría la posibilidad de robar dinero en metálico lo dejaría? Es algo que hasta la misma magistrada se preguntó. Los datos inconexos hacían inviable no solo que la joven marroquí fuera una ladrona, como se le trató al detenérsela, sino que hubiera podido cometer un robo cuando, por la fecha en que se llevó a cabo, ya ni siquiera acudía a ese hogar.
Un sanción y querella por una denuncia falsa que no prosperó
Obtenida la inicial ‘victoria’ de verse absuelta, quedaría un segundo paso: denunciar a la querellante al considerar no solo que interpuso una denuncia en falso sino que además la realizó a propósito para dañar su imagen. El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha resuelto este mismo febrero de 2022, en un auto, el recurso interpuesto contra el sobreseimiento libre que, al respecto, dictó el juzgado de instrucción número 5, ante cuyo titular se presentó la denuncia. Y lo ha hecho para desestimarlo.
La Audiencia considera que no se podía concluir que esa denuncia fuera presentada "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la misma". Tomando como referencia la sentencia que dictó el Penal 2 y sus razonamientos, “nos impide considerar”, aclara, “que se ha incurrido en denuncia falsa al no estimarse que la actuación haya sido guiada por un dolo falsario y temerario”.
En marzo de 2020, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social resolvió el expediente sancionador tras la presentación de la denuncia por ausencia de contrato, proponiendo una sanción de 20.000 euros, al haber permanecido años sin contrato, cobrando ‘en negro’ y sin una protección de la Seguridad Social.
Así termina esta historia que en nada puede ser tomada como algo casual, hubo más casos de marroquíes que trabajaban en hogares de Ceuta denunciadas por robos que luego, al llegar al ámbito judicial, nunca derivaron en sentencias condenatorias. En muchas de estas historias, las denunciadas no estaban contratadas.
Muy bien echo ole por la justicia