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Se alcanza un acuerdo para rebajar el ERE de BBVA por debajo de 3.000 afectados

Todavía se desconoce cómo afectará el acuerdo alcanzado y cuál será la disminución del número de afectados en Ceuta

Tras las movilizaciones contra el ERE en BBVA, también secundadas en Ceuta, se ha logrado un acuerdo que rebaja la afectación por debajo de 3.000 personas, que prioriza la voluntariedad y sin cláusula de equilibrio generacional. Así lo ha hecho saber esta mañana CCCO, principal sindicato con representación en la compañía. Todavía se desconoce cómo afectará el acuerdo alcanzado en Ceuta y cuál la disminución del número de afectados.

En concreto, siguiendo las "principales líneas de defensa", se ha logrado:

  • Rebajar 863 afectaciones, fijándose en 2.935. En la red, que concentraba un 80% de la afectación, se ha rebajado la cifra inicial en un 35%.
  • Se ha conseguido un amplio catálogo de opciones de salida, que debe permitir que no haya ninguna salida forzosa.
  • Se ha eliminado la cláusula de equilibrio generacional que obligaba a la salida del 50% de los afectados y afectadas menores de 50 años. En este acuerdo, se produciría una salida prevista del 72% de mayores de 50 años y un 28% de menores de esa edad.

Siendo estas las condiciones del acuerdo de ERE, desde CCOO, han apostado claramente por la firma de este acuerdo.

Desde el sindicato valoran que "es un acuerdo que se desmarca muy positivamente con respecto a los firmados en los últimos tiempos en el sector y que marca el camino de los que van a seguir a éste". Añaden que "las movilizaciones, paros y la huelga que han tenido un seguimiento masivo por parte de la plantilla de BBVA, ha sido el motor clave para desencallar la negociación y conseguir que el Banco acabara cediendo a una posición muy dura en la negociación".

El resumen de las condiciones económicas de las desvinculaciones es el siguiente:

Hasta 63 años: 20 días por año, máximo 12 mensualidades.

De 55 a 62 años: Renta temporal del 75% del NRA (nivel retributivo anual) hasta los 63 años. Convenio Especial Seguridad Social hasta los 63 años con incremento 3% anual. Descuento de la prestación por desempleo /subsidio.

De 53 a 54 años: Renta temporal del 65% del NRA (nivel retributivo anual) hasta los 63 años. Convenio Especial Seguridad Social hasta los 63 años con incremento 3% anual. Descuento de la prestación por desempleo /subsidio.

De 50 a 52 años: Indemnización 6 veces el 65% del NRA, con un máximo de 320.000€. Convenio Especial Seguridad Social hasta los 63 años en renta temporal 15.500€/año. Primas voluntariedad: 2000€ por cada tres años de antigüedad y fracción Antigüedad >= 15 años: 30.000€ >10 hasta 14 años: 25.000€. Prima por mayor dificultad de recolocación: 15.000€.

Menos de 50 años o mayores con antigüedad menor a 10 años: 40 días por año trabajado, máximo 30 mensualidades. Primas voluntariedad: 2000€ por cada tres años de antigüedad y fracción Antigüedad >= 15 años: 30.000€ >10 hasta 15 años: 25.000€ >5 hasta 10 años: 15.000€ < 5años: 5.000€. Prima por mayor dificultad de recolocación: 15.000€ (para mayores de 50 años). Convenio Especial Seguridad Social. hasta los 63 años con incremento anual 3% anual (mayores de 55 años).

En cuanto a la movilidad geográfica se ha llegado al siguiente acuerdo:  

  • >25 a <100km sin cambio de residencia = 0,24€/km 2 trayectos diarios x cada día en presencial. Durante 3 años.
  • >100km sin cambio de residencia. Pago único de 1.000€ y 0,24€/km 2 trayectos diarios x cada día en presencial. Durante 3 años.
  • >25 a <100km con cambio de residencia: 500€ brutos/mes durante 3 años. (no pensionable, ni compensable ni absorbible)
  • >100 a <250km con cambio de residencia: 500€ brutos/mes durante 4 años. (no pensionable, ni compensable ni absorbible)
  • >250km (cambio de isla, Ceuta o Melilla): Pago único de 4.000€ y 500€ mes durante 6 años. (no pensionable, ni compensable ni absorbible)

Será centro de trabajo de origen, sin compensación, en caso de que no haya vacante más cercana, al final de este período.

Prelación: Se ha desestimado la Performance como criterio de prelación, quedando los siguientes criterios: Idoneidad, formación regulatoria, capacitación y potencial y menor polivalencia funcional

 

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