La autoridad judicial ha ordenado la expulsión de España de un ciudadano marroquí que accedió de manera irregular a Ceuta a finales de julio y que ha sido condenado por coaccionar a otros inmigrantes en las duchas ubicadas en la playa del Trampolín.
El acusado exigía dinero a otros residentes a cambio de permitirles utilizar las duchas públicas instaladas en la zona.
El ahora condenado reconoció los hechos ante la autoridad judicial y aceptó una pena de dos años de prisión por un delito de coacciones. Los hechos se produjeron en el asentamiento existente en la playa del Trampolín, donde, según recoge la resolución judicial, el acusado venía impidiendo el acceso de otros residentes a los servicios públicos.
Al tratarse de un ciudadano extranjero en situación irregular en España, la pena de prisión ha sido sustituida por la expulsión del territorio nacional, junto con una prohibición de entrada durante cinco años.
Los hechos concretos por los que ha sido condenado tuvieron lugar sobre las 17.00 horas del pasado sábado, cuando el acusado se encontraba en el asentamiento de la playa del Trampolín. Según recoge la resolución, se interpuso en el camino que debía utilizar otro inmigrante para acceder a las duchas públicas.
Su objetivo era, según la sentencia, imponer su voluntad y obtener dinero de esta persona. Para ello, le impidió el paso y le exigió la entrega de una cantidad económica a cambio de permitirle acceder a las instalaciones.
La víctima se negó a entregar el dinero, pero el acusado mantuvo su oposición y continuó impidiendo que pudiera acceder libremente a las duchas. La actuación fue considerada constitutiva de un delito de coacciones.
La resolución judicial señala además que el condenado ya había impedido el acceso a las duchas durante los días anteriores, utilizando, según recoge el fallo, violencia e intimidación para evitar que otros residentes del asentamiento pudieran hacer uso de los servicios públicos con normalidad.
La condena contempla así una pena de dos años de prisión, que finalmente no tendrá que cumplir en España al haberse acordado su sustitución por la expulsión, atendiendo a su situación administrativa irregular.
La medida implica que el condenado deberá abandonar el territorio nacional y no podrá regresar a España durante un periodo de cinco años, de acuerdo con lo establecido en la resolución judicial.
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