Frontera e Inmigración

Su actitud “desafiante” a la Guardia Civil le cuesta 1.800 euros

Una multa de 1.800 euros. A esto se reduce la pena impuesta por un delito de desobediencia al marroquí Chakir K., después de exhibir una actitud “desafiante, provocadora y desconsiderada” hacia agentes de la Guardia Civil en la frontera, a quienes trató con “un claro desprecio”. Lo dice la titular del Juzgado de lo Penal número 1 en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, y con la que sanciona el comportamiento de este joven residente en España, aunque sin llegar a estimar la petición de hasta 3 años de prisión por un delito de atentado que había solicitado el Ministerio Fiscal.
El condenado debe hacer frente a esta multa por el comportamiento del que hizo gala el 4 de mayo de este año con dos componentes del Instituto Armado que prestaban servicio en el paso fronterizo, presionado como lo era entonces y lo sigue siendo ahora por el trasiego constante y elevado de vehículos y personas.
El condenado cruzó por un paso no habilitado para ello lo que se llevó el primer apercibimiento por parte de los agentes, a lo que, tal y como recoge como hechos probados la sentencia, respondió con “una actitud violenta y agresiva, llegando a aproximar su cabeza a escasos centímetros de la del agente que le estaba llamando la atención”. Esto llevó a la intervención del sargento que estaba de servicio, contra quien también cargó con expresiones despectivas como las de “yo ya he hecho lo que tenía que hacer en España, tengo muchas empresas, he ganado mucho dinero y me he follado a todas las mujeres que he querido, incluida tu madre. Pago mis impuestos para que personas improductivas como tú vivan a mis anchas, sois escoria, os creéis que la justicia me da miedo, la justicia también se compra”.
En la sentencia se deja claro que las manifestaciones ofrecidas en la vista oral celebrada el pasado 17 de septiembre por los agentes de la Guardia Civil actuantes fueron “coherentes, complementarias y coincidentes en lo sustancial”. Si bien “incurrieron en contradicciones” estas “no invalidan el valor probatorio de los testimonios de cargo por cuanto coincidieron en lo esencial: la negativa reiterada y contumaz del acusado a cumplir las órdenes de los agentes”.
Las declaraciones de los tres guardias civiles que prestaron declaración y no conocían al detenido son “prueba de cargo” suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado, considerando que los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia y no de atentado, como entendió la Fiscalía. Esto es así al valorarse que no se había producido un “acometimiento expreso a los agentes actuantes”. La condena deja claro que la actitud del acusado fue “desafiante” y que incurrió en un “desprecio evidente” hacia los guardias civiles a tenor de las expresiones proferidas. Los componentes del Instituto Armado se ciñeron a dar órdenes claras que no fueron atendidas, sorprendidos por la actitud mostrada por el acusado que llegó a grabarles con su teléfono sin que dicha grabación haya servido como prueba concluyente para tumbar la acusación de la Benemérita.
Chakir K., que se encuentra residiendo desde hace años en España y en trámites de obtener su nacionalidad española, queda condenado aunque podrá recurrir la sentencia ante órgano superior, en este caso la Audiencia, al no ser una resolución firme.

Tarajal: el punto más conflictivo del país

A la hora de dictar sentencia condenatoria, el Juzgado de lo Penal número 1 ha tenido en consideración el lugar en donde se produjeron los hechos, el Tarajal. “Un punto”, reseña, que es el paso fronterizo “más conflictivo de todo el territorio nacional, las aglomeraciones existentes y el difícil papel de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el control de los flujos de entrada y salida” es constatado en casos como el ahora juzgado pero también en otros tantos que son enjuiciados en los juzgados de Ceuta. La situación de presión constante se traduce en incidentes de este tipo que son cometidos a pie de frontera.

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