Los médicos de Ceuta podrán acceder de forma telemática a los informes elaborados por el personal de la Seguridad Social. Esta nueva posibilidad parte de un acuerdo entre el Ingesa, con competencias sanitarias en Ceuta, y el Instituto de la Marina.
La firma del convenio tiene por objetivo “mejorar” la gestión, el control y la vigilancia en torno a las bajas laborales, ya sean temporales, permanentes o catalogadas como contingencias comunes y profesionales. Los detalles de esta medida están plasmados en un documento publicado en el Boletín Oficial del Estado.
La puesta en marcha de esta opción facilitará a la plantilla de diferentes centros sanitarios, entre ellos los de la ciudad, conocer de primera mano las conclusiones, informaciones y determinaciones efectuadas desde el INSS.
Canal telemático
Las consultas a los expedientes se realizarán de forma digital para hacer más sencilla su lectura. Por tanto, se proporcionarán datos “emitidos por los médicos inspectores del organismo” y sobre “la situación administrativa de los informes contenidos en el Aplicativo de Trabajo Informático para las unidades facultativas”.
Los empleados de la red sanitaria, incluidos los de Ingesa, podrán recurrir a estos documentos en el ejercicio de sus funciones “para el adecuado desarrollo de las tareas que tienen encomendadas” en relación a los procesos aparejados con las bajas.
Los trabajadores que desempeñan cargos vinculados al ámbito no sanitario también tendrán esta opción siempre y cuando se trate de consultas relacionadas con la situación administrativa del caso.
Modificaciones en ATRIUM
Los interesados tendrán a su alcance todos los dossiers relacionados con incapacidades en una plataforma digitalizada. Las entradas las efectuarán a través de un mismo punto común, un registro online que será posible gracias a la Plataforma de Intermediación. Esta es una herramienta que permite verificar o consultar los datos de un ciudadano.
El sistema ATRIUM, un medio informático de control de acceso que posibilita comunicaciones, será el escenario sobre el que se llevarán a cabo estos procedimientos. “A tal fin se llevarán a cabo las actuaciones de coordinación técnica que fueran necesarias en el mismo”.
“Se crearán dos perfiles de consulta” que deberán regirse a los criterios expuestos dentro del propio acuerdo firmado entre los tres organismos. Estos serán, específicamente, el del sanitario y el del empleado no relacionado con el ámbito de la salud.
La división de los usuarios en dos categorías no es casual. Esta separación en dos grupos tiene como finalidad asegurar que solo los doctores tengan contacto con todos los partes en materia de salud y que los trabajadores ajenos a este campo solo con aquellos relativos al terreno burocrático.
Compromisos
El Instituto Nacional de la Seguridad Social y el de la Marina deben cumplir una serie de compromisos. El primero y el más esencial es el de facilitar al equipo sanitario de inspección médica el acceso informatizado a los expedientes administrativos y de los emitidos por los facultativos de ambos entes.
Los dos organismos también deberán propiciar que puedan informarse sobre procedimientos para la determinación de contingencias. Se autorizarán también servicios de consulta con el propósito de estar al tanto de cambios que se produzcan en cada caso. Si es preciso adaptar algunos de los instrumentos informáticos empleados para estos fines, la modificación correrá a cargo de ambas instituciones.
Los empleados también poseen la responsabilidad de usar solo los datos “única y exclusivamente” para el desempeño de las competencias que les han sido asignadas en cuanto a la vigilancia y al control de las prestaciones por bajas temporales, permanentes o por contingencias. A su vez, deben garantizar “la seguridad y la confidencialidad”.
Duración del convenio
El acuerdo es susceptible de introducir mejoras bajo el consentimiento de las partes y tendrá una duración de cuatro años. Antes de que finalice, los firmantes del convenio tendrán la opción de una prórroga, siempre y cuando así lo decidan ambas partes.
El contrato puede extenderse a otros cuatro más. “Los firmantes podrán modificar los términos en cualquier momento de mutuo acuerdo mediante una adenda”, indican en el documento en el BOE.
El mismo podrá extinguirse en el momento en el que llegue su plazo máximo establecido, por elección propia de los implicados si se ha manifestado por escrito, por la imposibilidad de llevarlo a cabo por causas justificadas o por infracciones cometidas en cuanto a las obligaciones.