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Absueltos tras ser acusados del robo de 10.000 euros

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha absuelto a dos vecinos de la ciudad que se enfrentaban a 5 años de cárcel acusados de robar, a punta de machete y pistola, 10.000 euros.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, solo se considera probado que, en mayo de 2023, la víctima acudió a dependencias policiales para presentar una denuncia por un robo violento que dijo haber sufrido días atrás cuando se encontraba en las inmediaciones de Los Rosales.

La magistrada ha dictado sentencia absolutoria ya que “la prueba practicada no supera el umbral del ‘más allá de toda duda razonable”, puesto que “las acusaciones no han logrado probar la pretensión acusatoria con la certeza objetiva que exige el dictado de una condena”.

La única prueba de cargo era la declaración de la víctima, quien ratificó su denuncia señalando a los dos acusados como las personas que lo habrían atracado para arrebatarle la riñonera que portaba y en la que guardaba 10.000 euros y 4.000 dírhams.

Un testimonio sin base suficiente para la condena

Ese testimonio no ha sido suficiente para enervar la presunción de inocencia de los acusados, por cuanto la versión ofrecida por el denunciante rozaba en algunos aspectos lo absurdo además de no estar corroborada por otro elemento externo, ni siquiera por un parte médico o el informe forense.

Así, por ejemplo, no presentó factura que justificara que todo ese dinero procedía de una venta real de teléfonos en Marruecos. Tampoco se considera creíble que otro de los presuntos implicados, que no se pudo juzgar al estar preso en el país vecino, fuera el que le tendiera una trampa al haberle acompañado a vender esos teléfonos y, sabedor del montante obtenido, preparara el posterior atraco en Ceuta.

Otro punto que ha puesto en cuestión esa testifical es que los hechos ocurrieran el 12 de mayo, pero la denuncia se presentó el día 30. El denunciante argumentó que tardó ese tiempo porque antes intentó arreglar las cosas con una de las personas que señaló como su atracador.

Para la titular del Penal 1 no existe prueba de cargo suficiente que avale una condena.

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