Categorías: Tribunales y justicia

Absuelto por dudas de todo tipo

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha absuelto a un hombre de los dos delitos de agresión sexual que le imputaba la Fiscalía, que solicitaba que al acusado se le impusiera una pena de 13 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal, siete años de libertad vigilada.

Por si fuera poco, el Ministerio Público pedía que, subsidiariamente, se le impusiesen 5 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, 7 de libertad vigilada, las costas y el pago de 60.000 euros “por los daños físicos y morales ocasionados” a un menor de edad.
El niño en cuestión, de siete años de edad, se fue a jugar a la calle, como otros días, un sábado de diciembre de 2011. El pequeño se fue a las  12.30 horas y, como tardaba en volver a casa, su madre dio cuenta de su falta al 112. El niño regresó a las 17.30 con “un enrojecimiento en la mejilla derecha” y “sin dar en un primer momento explicación sobre la tardanza”.
El capítulo de hechos probados de la sentencia dictada por la Audiencia refiere que dos días después, el lunes, su padre fue a buscar al joven a su colegio a las 14.45 horas y tampoco le encontró. El Claustro le explicó que “no había almorzado allí” y que “había salido antes”, aunque no apareció por casa hasta las 17.30 horas.
“Tras la insistencia de los padres en preguntar al menor que dónde había estado y, dado que les seguía manifestando que sólo había estado jugando, les relató que un hombre se lo estaba llevando, que el sábado cuando jugaba en el barrio se lo había llevado a su casa, arrastrándolo mientras él lloraba y gritaba; y que el lunes le había recogido en el colegio y llevado a su casa [...]”, completa el fallo, para acosarle y agredirle sexualmente.
Los hechos, que se relatan con todo lujo de detalles en la sentencia, parecen en un primer momento, según argumenta el magistrado Fernando Tesón, “constitutivos de un delito de agresión sexual”, pero alerta de que “en ningún caso han quedado acreditados ni mucho menos pueden atribuirse al acusado”.
Según la resolución judicial, esto es así porque se topa con “uno de los numerosos supuestos a los que se enfrentan los tribunales cuando tienen que realizar la valoración de la prueba de cargo directa y ésta es única y, además, proviene de la víctima y perjudicada, lo que suele ser aun más frecuente en este tipo de infracciones criminales”.
Para la Audiencia, en este caso no hay “ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de relaciones entre agresor y víctima u otras circunstancias” porque “no había relación alguna entre víctima y acusado, salvo que se trata de una persona que merodea por la zona donde suele jugar el menor con sus amigos, quienes a veces lo someten a burlas y él los persigue y hostiga por ello”.
Sí aprecia, sin embargo, que el testimonio incriminatorio no aparece corroborado “por acreditamientos exteriores a la declaración de la víctima” como informes médicos ni “persistencia en la incriminación a lo largo de las sucesivas declaraciones”.
En realidad, ninguno de los informes técnicos efectuados hallaron los rastros que suelen encontrarse tras el tipo de agresiones descritas por el niño y su relato no era “lo suficientemente espontáneo y detallado como para poder aplicar los criterios de prueba”.
También ha pesado en la sentencia del Juzgado que hasta la madre del niño dudase de su versión y que un año después de los primeros hechos, en diciembre del año pasado, se presentase en el Hospital con su otra hija “denunciando también haber sido agredida sexualmente por la misma persona”, aunque la progenitora reconoció “que lo de su hija era mentira, que su hija se lo dijo a ella, pero luego le dijo que era por celos hacia su hermano, dados los cariños que el menor estaba recibiendo como consecuencia de los hechos”.
“Las dudas no sólo sobre la autoría, sino sobre que el hecho denunciado hubiera efectivamente sucedido, no aparecen suficientemente desvanecidas por la prueba practicada, por lo que la consecuencia no puede ser otra que la más favorable al acusado”, completa su argumentario la Audiencia Provincial para justificar la absolución del acusado.

 

Los tres criterios de valoración del Tribunal Supremo

Tanto el Supremo como el Constitucional no dudan de que “la declaración de la víctima puede ser apta por sí sola para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia”, lo que “suele ser aún más frecuente” en infracciones criminales como las agresiones sexuales, pero el primero advierte de que para aceptar tal circunstancia debe apreciarse un triple criterio. Se trata, para resolver esa “difícil valoración con la normal prevención y recelo que los principios del derecho penal y su proceso nos imponen”, de “la ausencia de incredibilidad subjetiva, derivada de relaciones entre agresor y víctima u otras circunstancias”; “que, en la medida posible, que el testimonio incriminatorio aparezca corroborado por acreditamientos exteriores a la declaración de la víctima”; y, por último, la “persistencia en la incriminación a lo largo de las sucesivas declaraciones”.

el faro En agresiones sexuales es común que la declaración sea única prueba.

Entradas recientes

Así ha sonado el cañonazo de las doce por Santiago Apóstol

El Regimiento de Artillería Mixto número 30 de la Comandancia General de Ceuta se ha…

25/07/2024

El Colegio de Médicos y la AECC de Ceuta, juntos contra el cáncer

El Colegio de Médicos y la Asociación Española Contra de Cáncer de Ceuta han firmado…

25/07/2024

Las duchas de los años 80, propias de la mili, que usan en Trace

“Estas duchas recuerdan a los años 80, cuando el servicio militar”. Así denuncia el sindicato…

25/07/2024

Izado con todos los honores por el patrón de España

Ceuta vuelve a homenajear al patrón de España y Arma de Caballería, Santiago Apóstol. En…

25/07/2024

DivertyPark será el sponsor de la Real Sociedad La Pantera en Segunda B

La Real Sociedad La Pantera empieza ya a carburar para la próxima temporada 2024-2025. El…

25/07/2024

El Ceuta se acerca a la cifra de 4.000 abonados

El Ceuta mantiene su campaña de abono a buen ritmo y tras cerrar este miércoles,…

25/07/2024