El magistrado suplente del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta dictó sentencia absolutoria para un acusado de un delito de estafa y receptación. La sentencia fue dictada in voce después de que el acusado prestara declaración por videoconferencia y el testigo ni siquiera compareciera en el acto de juicio oral para el que había sido citado, por lo que no existía pruebas suficientes como para fundamentar una condena.
El llamado B.A. estaba acusado de vender un coche que figuraba como robado, teniendo conocimiento de ese origen. Por eso el Ministerio Fiscal le acusaba del delito de estafa y otro de receptación. El vehículo había sido denunciado como robado en 2015 y la Acusación consideraba que era conocedor de que la venta resultaba anómala puesto que el origen era viciado al proceder de un robo. Al no haber prueba de cargo, se dictó sentencia absolutoria en el mismo acto de juicio oral.