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Absuelto de un delito de desobediencia tras colapsar a llamadas la central del 112

Se alude al comportamiento “extraño” que hace dudar del sano juicio del acusado. Los hechos se produjeron en diciembre de 2020 en la plaza de África

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha absuelto a un joven acusado de un delito de desobediencia en el que habría incurrido al burlar el toque de queda en Ceuta. El llamado H.A.H. se enfrentaba a seis meses de prisión, después de que, en diciembre de 2020, la Policía le apercibiera de que no podía estar en la calle pasadas las once de la noche y, además, sin mascarilla. Aquello llevó a que se le denunciara, pero lejos de atender la orden de las fuerzas de seguridad el sujeto siguió en la vía pública. La Policía lo supo porque recibió un aviso del teléfono único de emergencias indicándole que el acusado estaba llamando de manera constante, sin motivo alguno, lo que llevó a colapsar el servicio. Los policías hallaron al acusado en el entorno de la plaza de África con dos móviles en su poder, procediendo a su arresto.

En el acto de juicio oral, los agentes ofrecieron declaraciones “parcialmente coincidentes y complementarias”. Uno de los policías indicó que incluso delante de ellos realizó entre 3 y 4 llamadas. Le insistieron para que depusiera su actitud pero el acusado continuó aclarando que lo hacía porque quería que viniera una ambulancia. Coincidieron en indicar que parecía que el acusado “no estaba en su sano juicio”.

H.A.H., de origen marroquí, ni siquiera compareció al acto de juicio oral para ofrecer su versión de los hechos.

Considera la magistrada en sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, que los hechos probados “no son subsumibles en el delito de desobediencia” del que se le acusó.

Del “relato de hechos probados”, aclara, “se desprende un comportamiento extraño e ilógico del acusado” sin que ni siquiera los propios agentes “hayan sabido explicar “los términos exactos de las órdenes dadas al acusado y correlativamente los términos en los que se produjo la desobediencia de dichas órdenes”.

Se dan todos los pronunciamientos favorables para el dictado de una sentencia absolutoria.

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