Absuelto de abandonar a un perro en el Monte Hacho

Los testigos no pudieron afirmar que el acusado dejara al can en la carretera, mientras que el acusado defendió su inocencia desde el primer día

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta absolvió a un hombre acusado de un delito de abandono de animal.

La resolución fue dictada tras valorar las pruebas practicadas durante la vista oral y determinar que no existían elementos suficientes para enervar la presunción de inocencia del procesado.

Una vez terminada la vista, el juez dictó sentencia in voce al no quedar probado que el acusado hubiera abandonado, el 6 de noviembre del año anterior y en la carretera del Monte Hacho, a un perro mientras se dirigía en el coche de empresa a su puesto de trabajo. Esta falta de acreditación resultó determinante para pronunciar la absolución.

Es precisamente esta versión, la ausencia total de abandono, la que mantuvo el acusado durante el juicio. Señaló que únicamente se desplazaba a su puesto de trabajo y que en ningún momento tuvo intención de dejar al animal. “Paso todos los días por ahí para ir a trabajar, y nunca se me ha pasado por la cabeza abandonar a un animal”, afirmó con rotundidad.

Declaraciones del acusado

Además, el acusado indicó que en su domicilio convive con dos perros, ambos debidamente identificados mediante chip, lo que, según explicó, demuestra que no tendría ningún motivo para poseer animales de manera irregular ni para desentenderse de ellos.

Recalcó: “No me pudieron ver bajando del coche a ningún perro, ya que no estacioné el vehículo en ningún momento”.

Los testigos, quienes inicialmente llamaron a la Policía Local, modificaron durante el juicio la versión ofrecida en fase de Instrucción. Ya no afirmaron haber visto al acusado abandonar al animal, sino que declararon que observaron al perro corriendo detrás del vehículo, lo que les hizo pensar que podría haber sido dejado allí.

Sin embargo, esta nueva afirmación no quedó acreditada en la vista. No se aportaron pruebas concluyentes que relacionaran la conducta del acusado con un abandono real del animal, ni se presentaron imágenes, grabaciones o testigos presenciales del supuesto acto.

Intervención policial y petición fiscal

Los policías locales manifestaron que se limitaron a acudir al lugar tras recibir la llamada de los testigos, y posteriormente se dirigieron al puesto de trabajo del acusado únicamente para identificarlo y poner los hechos en conocimiento de la autoridad judicial. No pudieron aportar observaciones directas del presunto abandono.

Antes de la celebración de la vista, la representante del Ministerio Fiscal solicitaba para el acusado una pena de seis meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales y también para la tenencia de animales por un periodo de dos años.

No obstante, ante la falta de pruebas incriminatorias, la acusación quedó desvirtuada y el tribunal dictó la absolución, reafirmando el principio de presunción de inocencia.

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