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Absuelta de estafar a Fomento con bonificaciones de familia numerosa

Por Carmen Echarri
23/07/2017 - 07:43
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1, alude al disfrute de bonificaciones no correspondidas. Archivo

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  • No se pudo desvirtuar la presunción de inocencia ante la “deficiente prueba”

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha dictado sentencia absolutoria para una mujer que fue acusada de una estafa al Ministerio de Fomento mediante el uso irregular de las bonificaciones por familia numerosa. La magistrada entiende que no se ha podido desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada y alude además a la “deficiente prueba practicada” en el acto de juicio oral que tuvo lugar el pasado 12 de julio. No queda otra que absolver a la acusada tanto del delito de falsedad como del de estafa por los que el Ministerio Fiscal llegó a pedir 2 años de prisión y la Acusación Particular, dos años y medio, representando los intereses del Ministerio de Fomento que consideraba perjudicados. Tal y como se concreta en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, la acusada había sido señalada por la Acusación como responsable de un uso indebido de un título de familia numerosa especial con el que se habría beneficiado de trayectos a coste cero en la línea marítima con Algeciras. Un hecho que negó en el juicio, en el que se puso de manifiesto que no se habían quedado probados los elementos acusatorios contra la mujer, cuyos intereses estuvieron defendidos por el abogado Jorge Martín Amaya. La Acusación mantuvo que en un periodo de varios meses de 2013 se había cometido esa estafa, cuando no se probó documentalmente trayecto alguno con ese beneficio. Sí que se registró algún caso en 2014 que no fueron objeto de acusación y que, como expuso la Defensa, podían haber sido cursados por otra persona y no por la acusada. En la sentencia la magistrada hace constar la inexistencia de acusaciones probadas tanto por la Fiscalía como la Acusación Particular, sin que tan siquiera se haya demostrado que hubo falsificación del documento de familia numerosa ya que en todo momento se habló de “fotocopia alterada”, sin que esta sea equiparable a un original.

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