El Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta dejó este martes visto para sentencia un caso de abandono de familia en el que se trata de aclarar hasta qué punto la acusada era culpable de que su hijo no fuera al colegio -incurriendo en un absentismo- o era víctima de una incapacidad manifiesta de poder, sencillamente, controlar a su pupilo. La acusada, madre de dos hijos de 12 y 9 años, se sentó en el banquillo porque el mayor incurrió en 67 faltas no justificadas en el curso 2017/18 y la pequeña en 40, lo que llevó al centro escolar a notificar el caso a la Fiscalía, abriéndose un procedimiento por abandono de familia.
Pero contra todo pronóstico quien se sentaba en el banquillo no era una madre despreciativa hacia sus obligaciones sino una mujer que se confesó superada ante un hijo que no solo se negaba a ir al colegio sino que, cuando acudía, mostraba un comportamiento violento en clase constándole expedientes disciplinarios por agresión incluso a un profesor. Esa madre, además, había sido amenazada y agredida por el propio pupilo a las puertas del centro.
En su declaración la mujer aclaró que algunas de las faltas escolares tuvieron que ver con el fallecimiento de una familiar y con los problemas de la frontera, al vivir con sus hijos en Marruecos después de no haber podido renovar su permiso de residencia. Otros eran motivados por el rechazo del menor a acudir a clases y su falta de respeto absoluto a la figura materna a la que no le hacía caso cuando le instaba a acudir al centro.
En la vista judicial se escucharon las declaraciones de una integradora social y una extrabajadora social del colegio, que reconocieron la situación especial del caso y describieron la situación de una madre que no podía con su propio hijo, quien le insultaba y empujaba. Consideraron, no obstante, que la progenitora podría haber hecho algo más por evitar ese absentismo que ya venía arrastrado de otro anterior colegio y en edad más temprana, precisamente en donde las correcciones pueden tener más éxito.
La clave de este caso, diferente a otros vistos por el mismo delito, radica en si esa madre había incurrido en un desinterés o, sencillamente, era incapaz de controlar una situación que le sobrepasaba, siendo víctima de la propia imposición del menor.
Fiscalía interesó que se impusiera una sentencia condenatoria al considerar que se había incurrido en un absentismo grave, recalcando que la decisión del niño de no querer ir al colegio nunca puede estar por encima del derecho a recibir una educación y de la obligación de los padres a darla. Aun siendo la madre incapaz de controlar a su hijo, consideró que había omitido los actos necesarios para poner fin al absentismo.
La Defensa pidió la absolución de su patrocinada y cuestionó cuándo el absentismo merece reproche penal. Echó mano de sentencias para cifrar en un 50% la inasistencia a días lectivos como límite para considerar que se ha incurrido en este delito, algo que no se produjo en este caso. Insistió en que los hechos no superan el umbral objetivo del tipo penal que se pretendía aplicar y resaltó que se había puesto de manifiesto cómo la madre intentó vencer el rechazo de su hijo por el colegio haciendo todo lo posible hasta el extremo de ser agredida. El interés de la fémina quedó demostrado cuando la propia progenitora ha llevado a su hijo a profesionales médicos para intentar encarrilar la situación. El menor ya no está en ese centro escolar.
Esto es simplemente una falta de educación , de corrección de la madre hacía su hijo desde muy pequeño. Si no se le educa bien desde pequeño después suceden estas cosas. Pero para educar primero hay que tener educación y mucho me temo que esta mujer carecía de ella. ( llámese cultura) . En fin no puedes enseñar ni perder lo que desconoces y lo que no posees.
Depende del entorno donde viva el hijo, las madres en este caso no pueden hacen nada, el hijo está protegido por leyes, tiene derechos, y lo sabe.
Si viven en Marruecos y la madre no tiene ni Tarjeta de Residencia, ¿porqué juzgan a la madre en Ceuta? Que vayan al colegio en Marruecos.