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Abogacía del Estado dirá si se puede exigir en el Plan de Empleo 4 años empadronado

La Comisión Ejecutiva Provincial del SEPE pacta pedir un informe jurídico sobre el nuevo requisito que quiere imponer la Administración. CCOO ha votado en contra y baraja un recurso de reposición

La Comisión Ejecutiva Provincial del SEPE ha acordado solicitar un informe jurídico urgente a la Abogacía del Estado sobre la posibilidad de introducir un nuevo requisito en la selección de beneficiarios del próximo Plan de Empleo de la Delegación del Gobierno que excluya a todos aquellos desempleados que no lleven un mínimo de cuatro años empadronados en la ciudad.

Su inclusión ha sido respaldada por los representantes de la Administración con la abstención de UGT y el voto en contra de CCOO, que no descarta la interposición de un recurso de reposición si prospera la propuesta.

El Ministerio de Trabajo obra, en realidad, sobre hechos consumados, pues la Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social ya contempla que “los trabajadores seleccionados deberán, en el momento de su selección, llevar empadronados al menos cuatro años en la ciudad donde se desarrolle el proyecto”.

Dicha Resolución se remite a una Orden Ministerial de 1997 en lo tocante al resto de requisitos y criterios: es obligatorio “ser desempleados inscritos en la Oficina de Empleo” y se dará preferencia en base a “mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado”, “mayores responsabilidades familiares” y “amenaza de paro de larga duración”.

Para interpretar ese último criterio se ha establecido que tendrán prioridad “aquellas personas que acrediten 360 días de inscripción como desempleado en los 18 meses anteriores a la presentación de la oferta de empleo”.

CCOO rechaza la imposición del periodo mínimo de empadronamiento de 48 meses porque, a su juicio, “cualquier requisito más restrictivo que los previstos sería contrario a derecho por infracción normativa”. “Podría ser un criterio de selección siempre subordinado a los previstos normativamente, pero nunca requisito de admisión”, advierte.

La Comisión Ejecutiva también ha aprobado ya los cupos para la próxima edición de los Planes de la Delegación, que previsiblemente sacarán del paro a unos 1.200 residentes. En principio se reserva un 7% de las plazas para personas con discapacidad, un 4% para víctimas de violencia de género, un 1% para reclusos en tercer grado, un 1,8% para drogodependientes, un 0,2% para víctimas de violencia del terrorismo, un 5% para perceptores del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y un 15% para ciudadanos que carecen de ingreso alguno o perciben el IMIS.

Se ha eliminado la reserva para mayores de 63 años a los que la incorporación a los Planes permitía reunir las condiciones para acceder a la jubilación, en este caso por “problemas burocráticos y de tiempo” a la hora de recibir la documentación de la Seguridad Social.

En el baremo se tendrán en cuenta prácticamente los mismos criterios que el año anterior, aunque se suprime el punto que se asignaba a los candidatos con entre 45 y 55 años.

Por antigüedad como demandante de empleo se darán 0,1 puntos por cada mes y medio punto por cada año completo.

Las cargas familiares pesarán 0,6 meses por responsabilidad entendiendo como tal “tener a cargo del trabajador desempleado que se contrate el cónyuge, hijos mejores de veintiséis años, mayores incapacitados o menores acogidos”. Quienes sumen más de tres computarán 0,6 puntos adicionales. Cinco décimas se concederán por curso a los candidatos que los hayan seguido durante los tres últimos años.

Finalmente, las personas que no hayan trabajado “en ningún Plan de Empleo” recibirán dos puntos.

Las condiciones laborales de los contratados, peor que en la Ciudad

La Ciudad Autónoma tiene claro que contratará a los más de 200 beneficiarios de su Plan de Empleo con jornadas a tiempo completo y las retribuciones establecidas en el Convenio Colectivo: remuneraciones mínimas (grupo E) de 1.275 euros brutos mensuales: un sueldo de 900 euros (equivalente al Salario Mínimo Interprofesional), un 25% de Plus de Residencia y el prorrateo de las pagas extraordinarias. En el caso de los del nivel más alto (A), las retribuciones rozarían los dos mil euros (1.983,33 exactamente), 1.770,83 para el grupo B, 1.629,17 para el C y 1.416,67 para los del D. La Delegación alega que debe circunscribirse a la Orden de hace 22 años, que prevé retribuciones notoriamente más bajas, aunque prometió jornadas completas.

El Defensor del Pueblo, crítico por “excluyente”

Los requisitos son condiciones imprescindibles para participar y para ser admitido en un determinado procedimiento selectivo y no prejuzgan sobre la capacidad y la cualificación del aspirante. En cambio, los méritos alegados y debidamente justificados constituyen un valor positivo en el haber del concursante que demuestra una mayor adecuación y mérito para el acceso al empleo. Aunque el SEPE maneja sentencias que le darían la razón en su voluntad de evitar que los Planes de Empleo sean un imán para parados de fuera de Ceuta, el Defensor del Pueblo Andaluz ha concluido que “el empadronamiento como requisito y como mérito carece de una justificación objetiva y razonable, por lo que resulta discriminatorio y atenta contra el principio constitucional de igualdad”. Muchos Ayuntamientos de toda España han querido imponer el empadronamiento apelando al elevado número de desempleados del municipio, pero para el Defensor del Pueblo español “no parece que los principios que rigen las políticas activas de empleo den cobertura jurídica a este criterio excluyente” y solicitó dar a este asunto “un tratamiento homogéneo y respetuoso con el ordenamiento jurídico”.

Las claves

Novedad

Los de 1997 más el de empadronamiento. Para la selección de los trabajadores objeto de contratación se aplicarían los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden Ministerial de 1997 con un añadido: los trabajadores seleccionados “deberán, en el momento de su selección, llevar empadronados al menos cuatro años en la ciudad donde se desarrolle el proyecto” presentado por la Delegación.

Criterios

Responsabilidades familiares y otros. Desde hace 22 años hay un requisito básico (“ser desempleados inscritos en la Oficina de Empleo”) y tres criterios prioritarios de selección: “Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado”; tener “mayores responsabilidades familiares”; y “ser desempleado amenazado de paro de larga duración”.

Larga duración

Interpretación actualizada. Para los Planes de Empleo de la Delegación de este año la “amenaza” de paro de “larga duración” se entenderá existente con respecto a “aquellas personas que acrediten 360 días de inscripción como desempleado en los 18 meses anteriores a la presentación de la oferta de empleo”.

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