En el Boletín Oficial del Estado del día 10 de junio de 2017, se publica el extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2017, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones a personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia residentes en las ciudades de Ceuta y de Melilla, durante el año 2017.
Esta resolución tiene por objeto, convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para facilitar la prestación de servicios, la adquisición de ayudas técnicas y facilitar la movilidad y comunicación y la autonomía personal a las personas mayores, a las personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia, residentes en las Ciudades de Ceuta y de Melilla, y a las entidades y organizaciones no gubernamentales de atención a personas mayores y personas con discapacidad con ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y de Melilla.
Subvenciones para personas mayores: por un total de 166.230 euros.
Subvenciones para personas con discapacidad: por un total de 149.300 euros.
Subvenciones para personas en situación de dependencia: por importe de 100.000 euros
Tipos de ayudas:
- Subvenciones individuales:
- Subvenciones individuales para personas mayores
- Subvenciones para la rehabilitación
- Subvenciones para la atención especializada
- b) Subvenciones individuales para personas con discapacidad.
- Subvenciones para la rehabilitación:
- Subvenciones para la atención especializada:
- Subvenciones complementarias de transporte, comedor y residencia
- Subvenciones para actividades:
- Subvenciones individuales para personas en situación de dependencia
- Subvenciones para apoyar a la persona con ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria.
- Subvenciones para facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de desplazamiento en la vivienda.
- Subvenciones a entidades y organizaciones no gubernamentales de atención a personas mayores y a personas con discapacidad.
Las solicitudes se podrán presentar en las sedes del Imserso: Dirección General (avda. de la Ilustración con vuelta a c/ Ginzo de Limia 58, 28029 Madrid); Dirección Territorial de Ceuta (avda. de África s/n, 51002 Ceuta); así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. 2. Los modelos de solicitud estarán disponibles a través de la página web: www. imserso.es, o podrán ser recogidos en la Dirección Territorial del IMSERSO de Ceuta. La presentación de solicitudes por vía telemática, así como la consulta del estado de tramitación de las mismas, podrá realizarse a través de la sede y el registro electrónico del Imserso, en https: //sede.imserso.gob.es, creado por Resolución del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, de 24 de febrero de 2010.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».