La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta absolvió en la tarde de ayer a quien fuera profesor en el colegio Ramón y Cajal, después de dos jornadas intensas de declaraciones con las que se ha intentado aclarar la existencia o no de delito. Y no de un delito cualquiera, sino de uno que genera un importante rechazo social. La Audiencia lo vio claro y dictó sentencia in voce sin más tardanza que pudiera suponer una agonía en el acusado, atendiendo a la necesaria rapidez cuando hay claridad y unanimidad de criterios. Y en este caso las hubo. Los magistrados del máximo órgano judicial en nuestra ciudad hacen gala de una cohesión y una compenetración en el reparto de roles que se ve luego recogidas en sus sentencias, pulidas al detalle. En este caso tenían clara su decisión después de un arranque judicial complicado derivado de la escucha de la declaración de la menor y dieron a conocer la resolución de inmediato en torno a un asunto que tenía todos los componentes para que fuera de interés social y por tanto mediático y para que motivara una instrucción judicial de peso como la tuvo para garantizar una investigación. El foco se pone ahora en la figura de un docente que fue señalado por un delito tan execrable como el que juzgado, hasta el punto de pesar sobre él una petición de 15 años de cárcel. La Defensa, ejercida por el abogado Javier Cabillas, ha realizado un trabajo importante que ha partido de algo básico: tener fe en el cliente e ir de su lado a pesar de que la corriente de impacto social fuera contraria. Y no era tarea fácil, pero la asumió y además desmenuzó -cual auténtico forense- todas las claves que rodeaban la única prueba existente, la declaración de una menor, con el esfuerzo que supone llevarlo a cabo en asuntos donde la razón y el frío análisis deben pesar sobre cualquier sentimiento o distracción ajena a la realidad.
El sistema garantista y protector se articula para defender a quien figura como víctima de unos hechos, pero de igual manera tiene que ser ágil para proteger, cuando la única prueba flaquea o no es tan consistente, a quien paga desde el principio con una pena derivada de la rápida condena social ejercida por mero reflejo de los sentimientos más básicos que afloran ante casos de este tipo. Esa condena social, esa llamada pena de telediario, se produce en el escenario tejido en torno a un sistema que tampoco reacciona con la celeridad debida quizá ante la falta de recursos o motivada por otros factores que, en el caso de marras, deberán valorarse porque detrás de esta sentencia absolutoria debe venir también una oportuna reflexión sobre el funcionamiento del sistema en sí.
“Quiero dar las gracias y decir solo que me ratifico en que soy inocente. Tengo la conciencia tranquila, nunca he hecho ni haré nada parecido de lo que se me acusa. He perdido dos años de vida y solo espero que me los devuelvan”. Estas fueron las últimas palabras del acusado antes de saber que quedaría absuelto. De un acusado que ha visto peligrar su carrera, más expuesta en el caso de los docentes al tratar directamente con menores, y que sin duda ha quedado marcado como el eslabón perdido de una cadena rota.
La sentencia absolutoria termina con más de dos años de agonía y de auténtica tortura.






