El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha dejado visto para sentencia el juicio seguido contra dos personas implicadas en una pelea que tuvo lugar en un pub ubicado en el Poblado Marinero en enero de 2021. Fiscalía solo acusa al llamado Y.C.O., por fracturar la nariz al militar A.G.P., por lo que reclama que se le condene a 2 años de prisión así como se imponga una orden de alejamiento para evitar aproximación y comunicación a menos de 100 metros durante un periodo de 4 años, al considerarlo criminalmente responsable de un delito de lesiones. Fiscalía reclama además una indemnización por los daños padecidos por la víctima. La Defensa de este militar –que también figura como acusado pero solo por una de las partes- se suma a la petición de cárcel para Y.C.O. pero solicitando que la condena sea de 3 años.
En el otro lado de la balanza figura la posición del letrado que defiende los intereses de Y.C.O., quien ha recordado que ya reconoció haber cometido esa agresión. Solicita al magistrado que contemple por tanto la existencia de dos atenuantes al dictar sentencia: reparación del daño y reconocimiento, lo que haría bajar un grado la pena fijándola en 3 meses de prisión, pidiéndole que contemple la posibilidad de que se sustituya por ese mismo periodo de multa con una cuota diaria de 2 euros. Este letrado es el único que acusa al militar A.G.P. y lo hace porque también lo considera responsable de un delito de lesiones por el que pide que se le imponga una condena de 2 años de cárcel, ya que mantiene que su patrocinado fue agredido sufriendo una erosión en el labio así como daños en un diente por los que tuvo que recibir tratamiento odontológico.
Las versiones opuestas de los implicados
Los dos acusados han ofrecido su versión de los hechos ante el magistrado del Penal 2. Y.C.O. ha reconocido la agresión al sargento pero detallando que la cometió después de que este, encontrándose en compañía de varios amigos también militares, le golpeara previamente en la boca. Cuando se personó la Policía para detenerle solo a él, forcejeó con los agentes, lo que llevó a que en fase de instrucción fuera condenado por conformidad por delito de resistencia. Hoy, en su declaración, ha insistido en que la lesión en el labio y diente no fue producida durante ese forcejeo con la Policía sino antes. Y.C.O. ha reconocido su agresión y de hecho ha consignado una cantidad de 1.755 euros en cuenta a favor del perjudicado por las lesiones que le provocó. Pero de igual manera asegura que él también fue agredido y que lo hizo constar a los agentes actuantes.
A.G.P. lo niega. Indica que nunca agredió y que lo que sí recibió fue un golpe que le hizo caer al suelo ensangrentado sufriendo una fractura nasal. Ha supuesto que las lesiones de Y.C.O. se las pudo haber producido en el forcejeo con la Policía porque él no las cometió. A su agresor no le conocía ni sabe la motivación que llevó a este resultado.
Declaraciones de varios testigos sobre lo ocurrido
En el acto de juicio oral han declarado varios testigos. Por un lado, policías que actuaron aquella madrugada y que terminaron deteniendo a Y.C.O. por resistencia. Uno de los agentes ha reconocido que en esa reducción pudo haberle causado las lesiones en el labio y diente, pero ha recalcado que en dependencias policiales el arrestado no presentaba sangre y que únicamente dijo que se le habían caído “unas carillas”. Los agentes han recordado que Y.C.O. no atendía a las indicaciones dadas y que se encontraba nervioso, intentando continuamente zafarse de la acción policial hasta que lo tuvieron que reducir y trasladar a la Jefatura Superior.
Esa madrugada todos han reconocido que hubo un incidente, recogido parcialmente por las cámaras del pub que no alcanzaron a grabar la clave de todo el suceso al haber puntos ciegos a los que no alcanzan los visores. Varios de los testigos han corroborado que vieron a Y.C.O. agredir a A.G.P., pero no a la inversa. Entre esos testigos estaban responsables o trabajadores del pub así como amigos del militar. Uno de ellos también llegó a recibir un bofetón, ha dicho, por parte de Y.C.O. pero del que no consta que haya terminado en procedimiento judicial alguno.
Informes de las partes y peticiones de cárcel
Escuchadas todas las testificales, la Fiscalía ha mantenido su acusación contra Y.C.O. al considerar que está suficientemente acreditada su implicación en un delito de lesiones. Y lo está no solo por el propio reconocimiento del acusado sino también por indicios recogidos en vídeos de las cámaras de seguridad en donde, por ejemplo, se aprecia a Y.C.O. cogiendo del cuello a A.G.P. en una acción impropia porque no se conocían poco antes de que le golpeara. Considera la Fiscalía que la agresión se cometió “de forma cobarde”, ya que le atacó por detrás. Una agresión que también han verificado varios testigos. Fiscalía considera que las lesiones de Y.C.O. se las pudo hacer en el forcejeo con la Policía que se tradujo en una condena en instrucción por resistencia. No hay pruebas de que se las hiciera A.G.P. por eso no formula acusación contra su persona.
El abogado de Y.C.O. mantiene que las lesiones de su patrocinado sí fueron causadas por A.G.P. y no durante el forcejeo con la Policía. Cree que su cliente no se comportó de manera cobarde como dice la Fiscalía, porque de hecho reconoció los hechos. Más equipara dicha acción a un “error”. Mantiene que al igual que Y.C.O. es responsable de lo que hizo, no hay pruebas para exculpar a A.G.P. por lo que debería ser condenado por las lesiones provocadas a 2 años de cárcel y al pago de una indemnización.
La Defensa de A.G.P. ha pedido la absolución de su cliente, insistiendo en que quien lo acusa ha ido cambiando sus versiones durante todo el procedimiento y considerando que no cabe aplicar una atenuante de arrepentimiento porque no ha sido hasta este jueves cuando se ha consignado un dinero por las lesiones. Considera que los daños expuestos por Y.C.O. no han quedado acreditados que fueran causados por su cliente, matizando que incluso pudieran ser consecuencia de otros orígenes ajenos a una pelea. El caso ha quedado visto para sentencia.
Señora Carmen Echarri, vaya por delante mi repulsa a todo tipo de actos vandálicos que se producen cada día con mas asiduidad en nuestra Ciudad.
Pero mi malestar es otro.
Estoy cansado de que cada vez que se produce un hecho sea o no delictivo, en el que se vea inmerso algún miembro de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, usted los cite, y da la impresión que de con la intención de hacer más sangre, haciendo constar si es Sargento, o Teniente, o Guardia Civil o Policía Nacional.
Cuando se comete alguna fechoría por parte de personas a las que únicamente las cita con sus siglas, me pregunto el porqué no las refiere diciendo la profesión que tienen, o es que se es más culpable cuando se visten de uniforme?
Se le ve el plumero señora, y no crea que le beneficia hacer este tipo de referencias, pues está sembrando gratuitamente el rencor y el rechazo de unos grandes colectivos que lo único que hacen es salvaguardar su día a día, mientras usted se aprovecha y escuda en el puesto que tiene para vetar posteriormente nuestros comentarios.
Sin rencor, un cordial saludo.
Carcel para estos animales !!