El Libro de Familia en formato de papel dejará de expedirse a partir de este viernes y será sustituido por un registro individual que se abrirá a cada recién nacido, al que se asignará un código personal, y donde se inscribirán todos los hechos relativos a la identidad y estado civil, entre otros.
Este cambio coincide con las quejas las últimas semanas de madres lesbianas. Las actuales características del Registro Civil no permitían que la madre no gestante de los recién nacidos, en los casos de parejas lesbianas, apareciera en el Libro de Familia como progenitora si no estaban registradas como pareja. Esto es, si las madres no estaban casadas aquella que no había dado a luz no podía aparecer como progenitora del pequeño al que iban a dar de alta en el Registro Civil. En este caso, la única opción para estas madres era verse obligadas a casarse o que la madre no gestante adoptase al pequeño.
Así, El Libro de Familia pasará a ser casi una reliquia. Todo porque este viernes entra en vigor la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que suprime el tradicional sistema de división del Registro Civil en secciones que correspondían a nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales. En su lugar, crea un registro individual para cada persona.
La nueva norma establece que "se prescindirá del Libro de Familia", aludiendo a que "pierde sentido dentro del modelo moderno que se ha configurado", y, por ello, se prevé que en cada registro individual conste "una hoja o extracto en la que figuren los datos personales de la vida del individuo".
En dicho registro individual de cada persona, constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y se anotarán, "continuada, sucesiva y cronológicamente", todos los hechos y actos que tengan acceso al Registro Civil.
A cada registro individual abierto con la primera inscripción que se practique se le asignará un código personal constituido por la secuencia alfanumérica que atribuya el sistema informático vigente para el documento nacional de identidad.
La ley también establece que la adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción, así como su recuperación y las declaraciones de voluntad relativas a la vecindad, se inscribirán en este mismo registro individual que entra en vigor a partir de este viernes.