La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un matrimonio y su hijo, implicados en un delito contra la salud pública. Todos ellos se han conformado con los hechos, por lo que no ha sido necesario la celebración de juicio. El matrimonio ha aceptado una pena de 3 meses de prisión cada uno y el pago de 27,61 euros. No entrarán en prisión. En el caso del hijo, que se encuentra en prisión, cumplirá 4 meses y 15 días sin que quepa posibilidad de suspensión, a lo que se añade multa de 73,74 euros.
Los hechos a los que ha hecho referencia esta conformidad se produjeron en febrero de 2018, cuando el matrimonio estaba manteniendo una comunicación vis a vis con su hijo, que estaba preso en la cárcel de Mendizábal. Le facilitaron, aprovechando dicho encuentro, hachís a su hijo, en concreto dos planchas y una bellota, con un peso de 66,15 gramos y un THC del 20,94%, valorado en algo más de cien euros. Esa droga le fue encontrada al preso debajo de la plantilla de la zapatilla.
Por esta actuación fueron acusados los tres, el matrimonio y el hijo, por un delito contra la salud pública. Todos ellos han reconocido los hechos, aceptando las penas acordadas por conformidad entre las defensas y el Ministerio Fiscal, lo que ha evitado la celebración de juicio oral. En el caso del hijo, que cumple prisión, ya tenía antecedentes, en uno de los casos por un delito de las mismas características por el que fue condenado por un juzgado de Santa Cruz de Tenerife. Además le constaba otro antecedente por un juzgado de Ceuta. La medida de no cumplimiento de la pena se aplica únicamente al matrimonio, de avanzada edad, ya que no tienen antecedentes.
Nada, sin contemplaciones, a los padres, nunca mas concesiones vis a vis, al hijo 1 año mas de carcel
Sancioines para cada uno de 3.000€ no era para consumo propio.
Sale barato hacer estas faltas o delitos. Ya sabían a lo que se exponian si lo pillaban