La figura jurídica de la conformidad evitó ayer la celebración de un juicio que iba a seguirse en el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta por un delito de apropiación indebida, por el que figuraba como acusado el llamado B.R.G. En su calificación inicial la Fiscalía solicitaba una pena de 2 años de prisión, mientras que la Acusación Particular lo elevaba a 3. Al haberse repuesto el dinero se aplicó una atenuante muy cualificada de reparación del daño, fijándose la condena en 3 meses de cárcel aunque no entrará en prisión.
Este procedimiento judicial se inició tras una denuncia contra quien era titular de la mercantil Almar Ceuta, quien en enero de 2018 firmó con otra persona un contrato de comisión de venta de un vehículo por un precio de 18.500 euros. El acusado vendió el coche por unos 27.000 euros y con ánimo de incrementar su patrimonio de forma ilícita no reintegró al perjudicado la cantidad de 18.500 euros que habían acordado y a la que estaba obligado, abonándole solo un pago de 324,03 euros y otro de 650 euros, perteneciente a la letra de otro coche que adquirió, debiéndole un total de 17.525,97 euros.
Se aplicó una atenuante muy cualificada de reparación del daño
Esta acción se encuadraba en un delito de apropiación indebida recogido en el Código Penal, por el que se interesaba pena de cárcel. Al haber restituido el daño con anterioridad se pudo aplicar una atenuante muy cualificada, existiendo además un acuerdo entre las partes que evitó no solo que se tuviera que celebrar la vista judicial sino que además el acusado pudiera ingresar en prisión, dada la petición cursada por el Ministerio Público pero, sobre todo, por la Acusación Particular que defendía los intereses del perjudicado.
Este acuerdo se incluyó en la agenda de reanudación de los juicios de lo Penal que han comenzado desde este pasado lunes. El Penal 2 tendrá nuevo titular en breve tras la marcha a la Península de la magistrada Silvia Baz.
Tanta paz lleve como descanso deja.