Autorizar la realización de pruebas para la detección del COVID-19 en las farmacias, tal y como se ha solicitado desde algunos sectores en las últimas semanas, vulnera "12 leyes y pone en serio riesgo la salud de las personas". Así lo ha denunciado este lunes la Mesa de la Profesión Enfermera, que está integrada por el Consejo General de Enfermería (CGE) y el Sindicato de Enfermería, SATSE. Estas entidades sindicales han trasladado tanto al Ministerio de Sanidad como a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) que dicha autorización para la venta de test rápidos en oficinas farmacéuticas privadas, en caso de darse, sería contraria al actual marco jurídico sanitario pasando por alto hasta una docena de legislaciones relativas, según indican. Afirman, además, su intención de acudir a todas las opciones nacionales y europeas con las que tomar acciones respecto a esta medida.
Ha sido a través de la vía postal donde la Mesa ha desgranado, dicen, todos estos argumentos al ministro Illa y a la directora general de la AEMPS y rebaten en estas cartas los argumentos que, en la línea contraria, ofrece el Gobierno madrileño, al que aluden directamente, para proponer esta venta de test en farmacias.
Argumentan contra esta medida
Uno de los puntos por los que consideran que esta medida sería errónea y perjudicial es el hecho de que "en España las farmacias son prácticamente un monopolio, muchas veces incluso hereditario" y en ellas se venden, prosiguen, productos que van más allá del ámbito sanitario o de la evidencia científica como "homeopatía", "refrescos", etc.
"Tanto las exigencias que rodean el procedimiento diagnóstico como el cumplimiento de ciertos aspectos colaterales (custodia, manejo, destrucción…), que vienen exigidos por la normativa de aplicación, hacen de los establecimientos comerciales de farmacia un lugar no apto ni idóneo para la realización de este tipo de pruebas diagnósticas", explican desde la Mesa. Y hay algo, a su juicio, aún más grave: esto sería un "potencial foco de transmisión" que afectaría también, explican, a este tipo de establecimientos.
Las pruebas de COVID-19, solo en centros de "diagnóstico clínico"
Sentencian con ello que, a su parecer y con lo que consideran un respaldo legislativo, la realización de las pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 "solamente se pueden llevar a cabo en los centros, servicios y establecimientos de diagnóstico clínico", siempre con "previa prescripción por un facultativo de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados".
Otro de los argumentos esgrimidos por la Mesa es que resulta evidente que con el fin de detectar y hacer un seguimiento eficaz de los casos positivos, tal y como se pretende con esta medida que critican, "es imprescindible la comunicación de los mismos a las autoridades sanitarias, así como su registro en las historias clínicas del paciente afectado", algo a lo que, recuerdan, "las farmacias no tienen acceso".