Las 121 empresas del sector de la construcción que están inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas del Área de Trabajo de la Delegación del Gobierno en Ceuta tienen un plazo de seis meses para renovar su inscripción. Este registro, que acredita que las empresas inscritas cumplen los requisitos de capacidad y de calidad exigidos por la Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, se abrió el 26 de agosto de 2008 con una validez de tres años.
Transcurrido este periodo, es obligatorio que las empresas lo renueven durante los seis meses previos al fin de la validez de inscripción.
La Ley reguladora de la subcontratación exige a todas las empresas del sector, entre otros requisitos, la disposición de una organización productiva y de instalaciones y medios materiales suficientes para ejecutar los trabajos encomendados, la formación de los trabajadores en materia de seguridad y salud y la tenencia de una organización adecuada en materia de prevención de riesgos laborales. Además, la Ley requiere a las empresas que un determinado porcentaje de los trabajadores de la plantilla estén contratados con carácter estable.
En definitiva, persigue la reducción de la siniestralidad en el sector de la construcción.
En la renovación, las empresas deben dejar cumplimentar los siguientes apartados: datos identificativos de la empresa, datos del apoderado de la empresa, datos para la notificación y certificados acreditativos de la formación sobre prevención.
La inscripción tendrá una validez de tres años, renovables por otros tres. Si las empresas no renuevan su inscripción a lo largo de los próximos seis meses, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el Registro, que es obligatorio, ya que las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra deberán acreditar que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado.