La presidenta del Consejo de Administración de Acemsa Aguas de Ceuta, Kissy Chandiramani, va a proponer a ese órgano en cuanto el estado de salud de los miembros de Vox permita que se les levante la cuarentena una “delegación” de competencias en su persona para hacerse cargo de “aprobar contrataciones, pliegos, gasto, apertura de procedimiento de adjudicación y constitución de la Mesa de Contratación”.
De acuerdo con el tenor literal de su iniciativa, las competencias que quedarían en sus manos comprenderían las decisiones “cuya repercusión presupuestaria no exceda para cada acto del 10% del total contenido en el estado de previsión de gastos e ingresos para cada ejercicio” de la sociedad municipal.
A partir de ese límite sí sería necesario “el acuerdo previo del Consejo de Administración”, al que Chandiramani debería dar cuenta de las decisiones adoptadas entre reunión y reunión, inicialmente programadas al comienzo de la legislatura en curso para el primer viernes de cada mes.
En favor de las pretensiones de la miembro del Ejecutivo local obra un informe del director-gerente de la sociedad que apunta que el Consejo “debería delegar” las competencias reseñadas “para permitir el normal desenvolvimiento de la sociedad optimizando su desarrollo y no dificultar, sino mejorar, su operatividad en el día a día, así como para lograr los niveles de productividad, eficiencia, eficacia, transparencia y calidad evitando la huida hacia los ‘principios propios’ e imponiendo un criterio funcional que agilice y dote de coherencia al modelo contractual en sociedades como esta”.
Las claves
Ámbito: Contratación y gasto.
El Consejo de Administración de Acemsa delegaría en su presidenta “las competencias para: aprobar contrataciones, pliegos, gasto, apertura de procedimiento de adjudicación y constitución de la Mesa de Contratación”.
Límite: Hasta el 10%.
La delegación incluiría un límite económico para decisiones “cuya repercusión presupuestaria no exceda para cada acto del 10% del total contenido en el estado de previsión de gastos e ingresos para cada ejercicio” de Acemsa. A partir de este límite sería necesario “el acuerdo previo del Consejo de Administración”.
Ventajas: Más “operatividad”.
El director gerente de la empresa, Juan Manuel Sánchez Valderrama, estima que con esta delegación Acemsa ganaría en “productividad, eficiencia, eficacia, transparencia y calidad”, así como en agilidad.
Un límite económico “paralelo” al del Pleno con el presidente
El Consejo de Acemsa goza de “las más amplias facultades” para el cumplimiento del objeto social de la empresa con la única excepción de las reservadas a la Junta General, que es el Pleno. El director gerente propone, para limitar la delegación de competencias que planteará Kissy Chandiramani del Consejo en su Presidencia, aplicar un criterio “paralelo” al adoptado por la Corporación sobre distribución de competencias entre esta y el presidente de la Ciudad en materia de contratación.
Es decir, una “restricción de las funciones asignadas” tasada en decisiones que no excedan en cada acto “del 10% del total contenido en el estado de previsión de gastos e ingresos para cada ejercicio”, en el caso de 2020 un total de 18,8 millones de euros.
Entre las competencias “indelegables” del Consejo está “la determinación de las políticas y estrategias generales de la sociedad”, “la autorización o dispensa de las obligaciones derivadas del deber de lealtad”, “la formulación de las cuentas anuales” o “el nombramiento y destitución” de consejeros y directivos.