En los últimos días se han venido produciendo reuniones entre responsables de Comandancias o Compañías y sus homólogos a nivel de Puesto o similar con la sana intención de abordar el problema relacionado con la abulia observada en los últimos meses en la práctica totalidad de miembros del Cuerpo que realizan servicio operativo. La estadística y, sobre todo, el nivel recaudatorio que se esperaba de la Benemérita está de capa caída a semejanza de los sueldos. Y es que por estos lares lo único que aumenta es el número de parados y el desencanto con un gobierno sobrado de talante y falto de talento.
A fin de motivar a los sufridos curritos de la seguridad ciudadana se propone que cada mes se señale un conejillo de indias para dejarle sin la retribución denominada ‘productividad’ y sirva de general escarmiento de apáticos y desmotivados. Vuelven los tiempos de la ‘prostitutividad’.
Esto ha generado la alarma entre los posibles afectados, con lo que ya han ganado la primera batalla. Habrá que ver quien gana la guerra. Muchos se preguntan si eso se puede hacer y bajo qué condiciones y la respuesta es bien sencilla: se puede hacer. De las condiciones hablaré luego. Y digo que se puede hacer por que el concepto monetario denominado ‘productividad’ está concebido precisamente para eso. Para dar y quitar a capricho con el fin de motivar a los subordinados. Es un arma tan reglamentaria como la pistola y muchas veces más peligrosa, máxime cuando se utiliza de forma injusta.
El artículo 23 de la Ley 30/1984 define el concepto de productividad como “el destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo”. El Real Decreto 950/2005, de retribuciones de las FyCSE, tiene una regulación análoga, como es lógico. Por su parte la Ley 21/1993, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1994, introducía un nuevo parámetro, en el sentido de que “cada Departamento Ministerial determinará los criterios de distribución y de fijación de las cuantías individuales del complemento de productividad…”.
Con todo ello nos encontramos ante un concepto retributivo que, como señaló el Tribunal Supremo, “...conlleva una cierta discrecionalidad de la Administración conocedora de cada uno de los servicios, sin que ello implique discriminación, sino adecuación a las circunstancias”. O sea que lo pueden dar o quitar según les venga en gana a los superiores de cada cual.
La Dirección General de la Guardia Civil, responsable de determinar los criterios de distribución de la productividad, lo ha hecho mediante la Orden General 10/2006. Aquí realizo un paréntesis para recordar un artículo escrito por mí y titulado “La primera de Mesquida” en el que hacía referencia a la recién nacida normativa de productividad y que definía del siguiente literal: “…a poco que leas, te das cuenta de lo que verdaderamente significa… una bofetada en la cara”.
Volviendo a la cuestión que nos ocupa, la antedicha Orden General regula claramente en su artículo 4.5, párrafo segundo que “Los jefes de unidad podrán proponer motivadamente la no percepción de las modalidades F1 y F2 de productividad funcional, y en su caso de los incrementos que sean de aplicación, para el personal que, en el periodo de devengo, consideren que no ha alcanzado, en el desempeño de sus funciones, el grado adecuado de rendimiento, interés e iniciativa”. O como decía el Supremo, adecuarse a las circunstancias.
Una vez visto el carácter subjetivo de este complemento, cabe analizar las condiciones bajo las cuales se puede proponer su no inclusión en la nómina. La Orden General dice que la propuesta debe ser motivada y para ello, según dice cierta jurisprudencia, debe valorarse de forma concreta el trabajo de cada guardia civil por parte de sus superiores, los cuales han de apreciar y evaluar diferenciadamente el servicio prestado por su subordinado, por lo que no cabe conceder el complemento de productividad por el hecho de estar destinado en una concreta Unidad ni desempeñar un determinado puesto de trabajo, porque lo que premia el complemento de productividad son conductas individuales, de especial rendimiento, tras la valoración por parte del mando correspondiente. Cabe también que no se perciba este complemento, o se perciba en meses determinados, pues está sometido a los límites de existencia de crédito presupuestario y a los criterios esenciales de esta retribución concreta previstos tanto en la Ley 30/84 como en el RD 950/2005.
En previsión de lo anterior se han enviado diferentes formularios a los Jefes de Unidad para que realicen correctamente la propuesta de no otorgar a determinados guardias civiles la productividad a la que resulte acreedor en virtud de los criterios establecidos por la propia Dirección General a través de la repetida OG 10/2006. No quieren que pase como en ocasiones pretéritas en donde un superior hacía la propuesta en cuatro líneas sin dar mayores explicaciones (dicho de otra manera ‘por mis coj...’), lo que conllevaba que mediante recurso administrativo o, casi siempre, mediante Fallo judicial, se estimara improcedente la propuesta. Ahora seguramente no ocurrirá así, los formularios enviados exigen profusos datos para motivar la propuesta, haciendo hincapié en que debe “tenerse en cuenta que lo imprescindible para este tipo de resoluciones es la motivación fáctica de la decisión que se adopta, por lo que es esencial citar el mayor número de datos, máxime al tratarse de una modalidad de productividad (F1 o F2) que se valora en base a parámetros objetivos”.-
Pues bien, se están poniendo las bases para una ofensiva sin precedentes. No solamente han recortado el sueldo mensual sino que, además, ahora pretenden meter tijera en los escasos ingresos que reciben los sufridos guardias civiles. Es la forma de incentivar el trabajo heredada de nuestros ancestros. Esos mismos que vanaglorian al Marqués de las Amarillas y que, en mi opinión, logran que Juan Nepomuceno se revuelva en su tumba ante tanto despropósito.
Como he referido antes, la cosa no ha hecho más que empezar. Veremos como acaba. Porque frente al convencimiento de que pueden hacer lo que les de la gana impunemente ya que la normativa les da la razón, está el hecho de que susodicha normativa está realizada de una manera tan enrevesada que lo mismo dice digo que diego. Y no daré más pistas, el que sepa leer que lea e intente comprender.
Pero es que lo peor del caso resulta ser la verdadera motivación que se esconde detrás de todo este dislate. Comenzaba refiriéndome a la desmotivación que se aprecia en la actualidad, pero ello no constituye más que un intento de despiste del verdadero móvil que se perfila entre bambalinas. Seamos sinceros, las dificultades actuales están alcanzado a todos los niveles y a poco que escuches te darás cuenta que el descontento campa por doquier y, con la boca pequeña, no solamente comprenden lo que ocurre, incluso lo alientan. Lo que de verdad está pasando es una de las historias más viejas de la humanidad: hay poco para repartir y nadie quiere quedarse sin su tajada. Sobre todo cuando el plato ya no está tan rebosante como antaño.
Me explico. Hay una cierta cantidad de dinero anual para repartir en concepto de productividad. La lógica nos dice que lo conveniente sería gastar la mitad en cada semestre. Aunque teniendo en cuenta que a final de cada ejercicio debería repartirse una productividad por Objetivos (la cual ya fue ‘hurtada’ el pasado año), la cantidad a gastar semestralmente debería ser bastante menos de la mitad. Pues según me han dicho, la cantidad gastada en el primer semestre de 2010 supera bastante la mitad del presupuesto. Parece ser que en unos 18 millones de euros. El panorama se presenta crudo y si los de ‘arriba’ desean mantener ingresos, de algún lado habrá que recortar. Imaginaos de donde.
Todo ello me lleva a reflexionar sobre este particular y extraigo las siguientes conclusiones: la productividad que reciben los miembros operativos del Instituto la podríamos promediar en cien euros netos mensuales. Esa es realmente la diferencia entre ir a trabajar o dejar que te entren los siete males. Si para más inri se les antoja aplicar esa cierta discrecionalidad en su concesión a la que se refería el Tribunal Supremo, resulta lógico aplicar el razonamiento del mismo Tribunal cuando habla de ‘adecuarse a las circunstancias’. Ya lo decía mi madre: con las cosas de comer no se juega. Ahora entenderán los respetados lectores el título de este artículo. Osease, productividad… baja.