El magistrado del juzgado de lo Penal ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre acusado de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, del artículo 153 del Código Penal. La pena que se le ha impuesto ha sido de nueve meses de prisión. La defensa ya ha anunciado que recurrirá el citado fallo judicial. El hombre se enfrentaba a un año de prisión y a la imposición de una orden de alejamiento, que era lo que pedía el Ministerio Fiscal.
Los hechos por los que ha sido condenado ocurrieron el día 3 de mayo de este mismo año en el parking del Centro Comercial Parque Ceuta. Supuestamente, el acusado habría golpeado a su esposa causándole unos hematomas importantes, según constaba en el parte médico forense. El acusado se negó a declarar en su momento, mientras que la mujer explicó que todo se debió a una discusión. Como testigo compareció un hombre que estaba en el centro comercial y presenció parte de los hechos, llegando a intervenir para que el acusado dejara de golpear a su pareja. Según contaron, el acusado iba en el coche con su mujer y, estando todavía en marcha, agredió a su mujer en lo que él mismo calificó como un mero tortazo.
La mujer dijo que estas agresiones no eran habituales, de hecho manifestó que era la primera vez, y aseguró que no quería emprender acciones contra su marido. El Fiscal entendió los hechos como probados.





