El Sindicato de Enfermería se ha dirigido al Parlamento Europeo (PE), a la Comisión de Peticiones concretamente, para elevar una queja formal ante esta institución por la publicación en España del Real Decreto-ley “por entender que vulnera derechos fundamentales de los empleados públicos”, solicitando información sobre el posicionamiento del PE acerca de la cuestión planteada, así como “la revisión de la actuación de España en relación a las medidas aprobadas, que han supuesto una reducción del salario de todos los empleados públicos españoles por el mero hecho de ser empleados públicos”, lo cual supone, desde el punto de vista de SATSE, “una manifiesta discriminación, prohibida por el derecho comunitario e internacional”.
El Sindicato de Enfermería explica que en España existe doctrina, jurisprudencia y legislación acerca de la contingencia de alterar las retribuciones de los empleados públicos, suponiendo la norma denunciada, “una vulneración manifiesta en nuestro ordenamiento jurídico”.
SATSE entiende que el gobierno y el Parlamento español han provocado, con la aprobación del Real Decreto-ley, “una lesión al principio de no discriminación regulado y protegido en el ámbito comunitario”. La argumentación se basa, igualmente, en que “la Decisión 2000/750/CE del Consejo establece un programa de acción comunitario para luchar contra la discriminación y la número 1672/2006/CE establece un programa para el empleo y la solidaridad social”, recordando que puede existir discriminación hacia una persona o grupo de personas “si se les dispensa un trato desfavorable por motivo de raza, religión, discapacidad, edad,… o si se le aplica una disposición que pudiera perjudicar a esta persona o grupo de personas”.
Esto es precisamente, en opinión del Sindicato de Enfermería, lo que ha sucedido en España con el empleado público ya que, por el hecho de tener esta condición, “ve reducidas sus retribuciones aún a pesar de seguir realizando el mismo trabajo”, argumentando que “para SATSE el derecho a no ser tratado de forma diferente por tener un empleo público es un derecho inherente a toda persona como ciudadano y como trabajador, defendible, además, no sólo ante instancias nacionales sino, como es el caso, ante instancias supranacionales”.
Anteriormente, el Sindicato de Enfermería ya había presentado ante la Oficina del Defensor del Pueblo un escrito de queja contra el Real Decreto-ley 8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción de déficit público, instando al Defensor del Pueblo a que interponga un Recurso de Inconstitucionalidad al entender que la norma del Gobierno “atenta gravemente contra los derechos adquiridos y consolidados de todos los empleados públicos a los que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 ya había fijado una determinadas cuantías retributivas”.
En este sentido el escrito del Sindicato de Enfermería argumenta que el carácter retroactivo del RD-ley, al modificar una ley que preveía unas retribuciones para todo el año, “cercena el status jurídico de los empleados públicos que entraron en una relación de servicios en condiciones más favorables”.