Dos menores denunciaron en el mes de febrero padecer “tocamientos no consentidos”.
El menor acusado de agresión sexual por dos jóvenes alumnas de un centro educativo de la ciudad fue ayer sometido a una vista oral por el juzgado de Menores. El resultado fue que se le condenó a tres meses de libertad vigilada y a la obligación de seguir un curso de orientación sexual como autor del citado delito. Además, el joven deberá indemnizar a las víctimas con 300 euros.
El representante del Ministerio Fiscal ya calificó la denuncia interpuesta por las dos menores como agresión sexual, delito recogido en el artículo 178 del Código Penal, en el cual se especifica que son responsables de esta infracción todos aquellos que atentaren contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación. Según la denuncia de las dos jóvenes, ambas estuvieron sometidas a “tocamientos no consentidos con intimidación” por parte del ayer condenado.
La pena que se le impuso al menor no fue de las más duras a las que se le podía someter, ya que según prevé el artículo 7 de la Ley de Menor, las sanciones que se le impongan pueden ir desde el internamiento en régimen cerrado hasta la prohibición de acercarse a la víctima, pasando por prestaciones en beneficio de la comunidad o la realización de tareas socio-educativas.





